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Umbral de originalidad



El umbral de originalidad es un concepto subjetivo usado en las leyes de propiedad intelectual, para evaluar si un trabajo puede considerarse o no dentro del derecho de autor. El concepto se utiliza para distinguir aquellas obras que podrían ser lo suficientemente originales como para gozar de la protección de derecho de autor, que es diferente de otras como el registro de marcas. En este contexto, al hablar de originalidad se entiende "que viene del originador" (su autor), en lugar de interpretarse "que no había existido previamente", como sí ocurre en el caso de una patente.[1]

En la Ley de copyright de los Estados Unidos, se invocó este principio en 1991 por la Corte Suprema de los Estados Unidos en el caso de Feist contra Rural. Según la opinión de la corte, la protección de derecho de autor sólo puede otorgarse para "trabajos de autoría", lo que supone un límite mínimo de originalidad, sujeto a la interpretación legal del caso.

El House Report No. 94-1476 dictamina que el diseño de un tipo de letra no puede protegerse bajo la ley estadounidense. Este aspecto fue objeto de disputa en Ets-Hokin contra Skyy Spirits Inc., donde se juzgó si las fotografías de botellas de vodka SKYY eran lo suficientemente originales como para ser protegidas.

El requisito de originalidad también fue objeto de disputa en 1999, en el caso de la Corte de distrito de Estados Unidos "Bridgeman Art Library Ltd. contra Corel Corporation" En este caso, Bridgeman Art Library cuestionó los derechos de Corel Corporation para redistribuir sus reproducciones de alta calidad de pinturas antiguas que pasaron a ser de dominio público tras expirar los derechos de autor, argumentando que se infringió el copyright. La corte dictaminó que reproducciones exactas o muy similares de trabajos en dos dimensiones como por ejemplo pinturas o fotografías en dominio público no pueden considerarse lo suficientemente originales como para ser protegidas por la ley de los Estados Unidos, «una fotografía que no es otra cosa que una copia tan exacta, como lo permite la tecnología y la ciencia, de otro trabajo carece de originalidad. No se quiere decir con ello que sea trivial, sino no original».[2]

Aunque la corte dictaminó que sus demandas de copyright no saldrían adelante incluso ante la Ley de Copyright del Reino Unido, según la cual el trabajo y la inversión en tiempo para la creación de una obra pueden ser motivo suficiente para considerarse original. Si esto es aplicable a reproducciones bajo dominio público, no es concluyente.[3]

En la ley de copyright de Alemania el Schöpfungshöhe, al español, "nivel de creatividad", clasifica las obras que pueden protegerse con derecho de autor en dos categorías: "trabajos intelectuales personales" (como por ejemplo bellas artes), o arte aplicado (Kleine münze, al español "pequeño cambio"). Mientras que el umbral para creaciones intelectuales es muy bajo, los requerimientos para arte aplicado, en otras palabras, trabajos con un propósito determinado (ej. logo), tienen un umbral mucho más alto para ser protegidos por derecho de autor.

La mayoría de los trabajos aplicados no se contemplan bajo la protección de estas reglas, pero pueden ser protegidos por otras leyes, como por ejemplo la ley de marca comercial o mediante patentes de diseño.



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