El Consejo Regional (en italiano: Consiglio Regionale), reconocido en el artículo 121 de la Constitución, es el órgano representativo de la población de las regiones italianas y el encargado de ejercitar la potestad legislativa que el texto constitucional le atribuye a las mismas. Además, contribuye a la determinación de la dirección política regional, controla la actividad de la Junta y ejerce cualquier otra función que le asigne el ordenamiento jurídico.
Los diversos consejos regionales se componen de un número de consejeros que se ha de situar entre los treinta y los ochenta. Dada la posibilidad que tienen las regiones italianas de ordenar sus respectivas leyes electorales, no existe un criterio unitario para la duración de los órganos electivos (frecuentemente cinco), el sistema electoral (con carácter general, voto secreto, universal, directo e igual), ni tampoco los casos de incompatibilidad e inelegibilidad de los consejeros regionales.
Tras el escándalo de los gastos de los consejeros, la legislación nacional ha conferido el informe del Tribunal de Cuentas sobre el control de los grupos municipales.
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