Tala es un departamento de la provincia de Entre Ríos en la República Argentina. Es el segundo más pequeño de la provincia con una superficie de 2663 km² y el quinto menos poblado, con 25 665 habitantes según censo de 2010.
Limita al oeste con el departamento de Nogoyá, al norte con el departamento Villaguay, al sur con el departamento Gualeguay y al este con los departamentos Uruguay y Gualeguaychú.
De acuerdo a la metodología utilizada por el INDEC para los censos de 2001 y 2010 el departamento Tala comprendió 10 localidades: Altamirano Sur, Durazno, Estación Arroyo Clé o José V. Morand, Gobernador Echagüe, Gobernador Mansilla, Gobernador Sola, Guardamonte, Las Guachas, Maciá, Rosario del Tala (incluyendo el Barrio Militar). Las Guachas y Altamirano Sur no habían sido consideradas localidades en el censo de 1991.
Tras la desfederalización de Entre Ríos, el 21 de septiembre de 1860 fue sancionada la ley que creó las jefaturas políticas en cada departamento, siendo el jefe político un representante del Poder Ejecutivo a cuyas órdenes estaban los comisarios policiales y los alcaldes de distrito en sus funciones políticas.Justo José de Urquiza decretó para la delegacía política de Tala el nombramiento de un juez de paz, dos alcaldes de los cuarteles 1° y 2° y 3 alcaldes de los distritos Sauce, Raíces y Clé.
A partir del 1 de enero de 1861 el comandante militar del departamento Gualeguay fue reemplazado en sus funciones políticas por el jefe político, estableciéndose un delegado político en Rosario del Tala. El 16 de enero de 1861 a propuesta del jefe político el gobernadorEl departamento fue creado por decreto de Urquiza el 7 de julio de 1863,1864:
separándolo del de Gualeguay, del cual era una delegacía. El 31 de julio de 1863 fue puesto en el cargo el primer jefe político del departamento, el coronel Juan Castro, quien fue inmediatamente sucedido por Ambrosio Mernes, hasta el año 1869. La ley de creación fue sancionada el 24 de febrero deSe erije á la delegacion del Tala.
La Cámara Legislativa de la Provincia sanciona con fuerza de—
LEY:
Art. 1 ° Erigese en Departamento la Delegacion del Tala, cuya cabeza será la villa del mismo nombre.
2° Los límites del Departamento del Tala serán por el Norte, el arroyo Raices, por el Este el rio Gualeguay, por el Sud los deslindes actuales al Norte de los campos de D. Pedro Ezeiza y D. Salvador M. del Carril, y por el Oeste los deslindes actuales con el Departamento de Nogoyá.
3 ° Queda autorizado el P. E. para la creacion de las autoridades que corresponden al nuevo Departamento.
3° Comuniquese etc.
Sala de Sesiones, Uruguay, Febrero 24 de 1864.
De acuerdo a los decretos de nombramientos del 18 de mayo de 1868 y del 22 de enero de 1872, el departamento Tala tenía un juez de paz y alcaldes de 1° y 2° cuartel en la ciudad de Rosario del Tala, y alcaldes de los distritos de campaña de: Clé, Sauce al Norte, Sauce al Sur, Raíces al Sur, Raíces al Norte.
Los centros rurales de población gobernados por juntas de gobierno son:
Los integrantes de las juntas de gobierno fueron designados por decreto del gobernador hasta que fueron elegidos por primera vez el 23 de noviembre de 2003.
Los circuitos electorales utilizados para las elecciones de las juntas de gobierno son (CIRCUITO ELECTORAL: junta de gobierno):
El circuito electoral 145-PUEBLO PRIMERO corresponde a un área no organizada en las que no se elige gobierno local.
El centro rural de población de 1° Cuartel (circuito electoral 145-PUEBLO PRIMERO) fue creado por decreto 961/1984 MAS de 28 de marzo de 1984 del gobernador Sergio Montiel. Su última junta de gobierno fue designada 31 de julio de 1985 y no se renovó a partir de 1987 quedando legalmente vigente al no ser abrogado, pero realmente no existente ni presupuestado ni listado oficialmente.
El departamento Tala se divide en 7 distritos. Para fines de mensuras catastrales y en algunas ramas de la administración provincial el ejido original del municipio de Rosario del Tala es considerado aparte de los distritos y la Codificación General de Jurisdicciones Político Administrativas de la Provincia de Entre Ríos le asigna el código 1100.
El decreto 4671/69 MEOySP de 1969 estableció restricciones pesqueras para el río Gualeguay, en donde se permite la pesca mediante el uso de líneas de mano, cañas y espineles con no más de 20 anzuelos.
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