El empleo público es la relación laboral en la que el Estado es el empleador,con un promedio que oscila entre el 10-20% de la población económicamente activa y máximos del 28% del total de la fuerza de trabajo, en Noruega y Suecia, hasta mínimos del 5% en Corea y Japón.
En principio, el empleo público está regulado por normas diferentes de las que encuadran el empleo privado, integradas en el marco del Derecho Administrativo. Tradicionalmente, la negociación colectiva había sido excluida del campo del empleo público, pero más recientemente, varios países la han establecido, en el marco del Convenio N.º 154 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el Fomento de la Negociación Colectiva, de 1981. En algunos países se han establecido también restricciones a ciertos derechos laborales de los empleados o funcionarios públicos, como el derecho de huelga y la sindicalización.
Los empleados o funcionarios públicos en un sentido general, se dividen en cuatro grandes grupos: los funcionarios electos, los funcionarios políticos, los funcionarios jerárquicos de carrera y los empleados sin funciones jerárquicas. Cada uno de esos grupos tiene un régimen legal específico.
Los empleados públicos suelen organizarse en sindicatos propios del sector público, y a nivel internacional existen organizaciones sindicales de alcance mundial, como la Internacional de Servicios Públicos (ISP).
En la Argentina tanto el empleo privado como el empleo Público se encuentran protegidos por el principio protectorio y constitucional art. 14 bis, el empleo Público en especial goza de una mayor protección, la estabilidad en el empleo.
En materia de convenios colectivos a modo de ejemplo se puede citar el convenio colectivo 214/06, el mismo es una herramienta fundamental para la ampliación de derechos.
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