El Gobernador del Estado Miranda es el Jefe del Ejecutivo del Estado del mismo nombre. Según el artículo 160 de la Constitución de Venezuela de 1999 el gobernador debe ser "venezolano o venezolana, mayor de veinticinco años y de estado seglar". Es elegido por cuatro años por mayoría simple y puede ser reelegido.
El gobernador es el encargado de dirigir la acción del gobierno en el estado y de su administración, nombra un gabinete de secretarios junto con los cuales forman el poder ejecutivo del estado Miranda, puede ser revocado a mitad de su período constitucional.
Hasta 1989 el gobernador era designado directamente por el presidente de la República, desde ese entonces se convocan elecciones para elegir directamente a los mandatarios regionales. El actual gobernador es Héctor Rodríguez Castro por el Partido Socialista Unido de Venezuela para el período 2017-2021.
Según el Artículo 64 de la Constitución del Estado Bolivariano de Miranda, para ser Gobernador de esta entidad de requiere:
Por otra parte, según el Artículo 69 de la misma Constitución, corresponde realizar al Gobernador la suprema dirección, coordinación y control de los órganos de la administración del Estado y la supervisión de los entes de la administración descentralizada estadal.
Además, según el Artículo 70, son sus deberes:
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