El Instituto de Derecho Internacional (en francés, Institut de Droit International), de acuerdo al artículo 1 de sus Estatutos, se configura como una sociedad científica, carente de cualquier carácter oficial, que tiene como principal propósito promover el desarrollo del derecho internacional a través de distintos cauces: formulando principios generales, colaborando en la codificación del Derecho internacional, contribuyendo a la solución de casos jurídicos especialmente problemáticos o buscando, dentro de sus límites, el mantenimiento de la paz, entre otros.
Se fundó el 8 de septiembre de 1873, en la Sala del Arsenal del Ayuntamiento de Gante, cuando once juristas de renombre decidieron aunar esfuerzos para crear una institución independiente y desvinculada de cualquier gobierno que trabajase en la promoción y desarrollo del Derecho internacional. En 1874 tuvo lugar la primera sesión, en Ginebra (Suiza).
El instituto está formado actualmente por 101 miembros, 33 miembros asociados (entre ellos 7 españoles y 3 argentinos), 8 miembros honorarios (entre ellos el egipcio Butros Butros-Ghali) y 14 miembros eméritos (entre estos, el argentino Julio Barberis). Los miembros, invitados por la organización, son personas que han demostrado un trabajo académico notable en el área del Derecho internacional, y está restringido a aquellos que se consideran libres de presiones políticas. La intención de la organización es tener miembros distribuidos por todo el mundo; están representados más de 100 países diferentes. Algunos de sus miembros son jueces en el Tribunal Penal Internacional.
El instituto organiza congresos bianuales para estudiar el Derecho internacional existente en aquel momento, y se proponen modificaciones allí donde lo consideren. Sus recomendaciones afectan las áreas de los derechos humanos, y las resoluciones pacíficas de conflictos, y siempre bajo la supremacía de la justicia y de la humanidad. Por estos motivos fue galardonado en 1904 con el Premio Nobel de la Paz.
La organización todavía se mantiene activa. Alguna de las resoluciones más recientes son por ejemplo las recomendaciones sobre inmunidad hacia la persecución a los jefes de estado, y la responsabilidad de los gobiernos en los daños al medio ambiente de impacto internacional. Aunque no tienen poder decisivo sobre los gobiernos, ya que se trata de una organización privada, sus recomendaciones se toman con mucho respeto, y a menudo se incluyen en los cuerpos normativos de los tratados internacionales.
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