Lisardo Novillo Saravia (Córdoba, Argentina, 1911 - 1996) fue un abogado y jurista argentino.
Hijo de Lisardo Novillo Saravia. Fue Abogado, Doctor en Derecho y Ciencias Sociales, Juez de Cámara, Docente y Miembro de Número de la Academia Nacional de Derecho de Córdoba. Egresó a los 22 años de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC), obteniendo el título de Doctor en mérito de su tesis La Punibilidad del Comunismo (1937) en la cual analiza la doctrina y la práctica de esa corriente política y expresa su pensamiento crítico.
Entre 1955 y 1957 fue acreditado como Embajador ante el Reino de Bélgica y Ministro Plenipotenciario ante el Gran Ducado de Luxemburgo. Entre 1961 y 1963 se desempeñó como Presidente del Consejo Provincial de Educación. Fue miembro de Comisión de Tercer Congreso Nacional de Derecho Civil y miembro también del Cuarto Congreso Nacional en 1969 con motivo del Centenario del Código Civil.[cita requerida]
En 1977 durante el Proceso de Reorganización Nacional es designado como Juez de Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Córdoba, obteniendo a su vez acuerdo del Senado Provincial en 1984, donde ejerció la magistratura hasta su jubilación en 1989.
En 1984 es designado Miembro de Número de la Academia de Derecho de Córdoba, donde llegó a ocupar la secretaría de dicha institución.cita requerida]
Fue miembro de la Comisión de Reformas al Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial de esa Provincia, que sancionó la Ley Nº 6542.[Escribió numerosas obras jurídicas, siendo una de ellas La organización constitucional de la Educación en la que aborda los problemas de la educación pública y su regulación constitucional. En ella manifestaba que «el régimen constitucional de la educación representa una sabia, armoniosa y feliz combinación de la garantía acordada a la libertada de enseñar y aprender con la responsabilidad impuesta tanto al Estado Nacional como Provincial de propender al desarrollo de la educación. [...] El sistema constitucional de la instrucción pública se asienta en tres principios: libertad de enseñanza, descentralización y acentuada intervención estatal. El juego armónico de ellos permite hacer de la enseñanza una gran empresa nacional en la que participan los poderes públicos y la sociedad. Aquellos representados por el gobierno federal, provincial y municipal y esta por las asociaciones civiles y religiosas y los particulares.»[cita requerida] Esta obra le valió el “accésit” al premio Carlos Saavedra Lamas, instituido por la Academia Nacional de Derecho de Buenos Aires en 1968.[cita requerida]
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