Una Microrreserva de flora es una zona con una extensión inferior a 20 ha, declarada por Orden de los organismos competentes en materia de medio ambiente de las comunidades autónomas, bien sea por la propia Administración o a propuesta los propietarios del terreno, con la finalidad de favorecer la conservación de las especies botánicas raras, endémicas o amenazadas, o las unidades de vegetación que contienen.
Otras finalidades contempladas por las normativas son:
Escribe un comentario o lo que quieras sobre Microrreserva de flora (directo, no tienes que registrarte)
Comentarios
(de más nuevos a más antiguos)