Obligación acumulativa, cumulativa, conjuntiva o de simple objeto múltiple es aquella obligación en que la prestación está formada por dos o más objetos, debiendo entregarse todos ellos para que la obligación se estime cumplida. La obligación no estará cumplida mientras no se satisfagan todos los objetos debidos. La obligación acumulativa se caracteriza por la conjunción copulativa «y». Por ejemplo, el deudor debe a su acreedor una vaca y un caballo. Las obligaciones acumulativas constituyen la regla general en materia de obligaciones compuestas, dado que a las obligaciones facultativas y alternativas les conciernen modalidades (son accidentales y excepcionales).
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