El Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) es una organización descentralizada del estado argentino, que trabaja para promover el desarrollo aeroportuario de la Argentina. Fue creado en 1997 por medio del Decreto N.º 375/97.
Impulsar el desarrollo de los aeropuertos integrantes del Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA) de la Argentina, con infraestructura y servicios de calidad para todos los pasajeros y usuarios.
Las funciones del organismo, definidas en el texto del Decreto 161/2019 fueron precisadas por la Decisión Administrativa 702/2004 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, son:
La máxima autoridad es su Directorio, integrado por tres miembros: Presidente, Vicepresidente y Primer Vocal.
El ORSNA se financia con fondos del Tesoro que surgen del Presupuesto Anual de la Administración aprobado cada año por el Congreso de la Nación Argentina.
Además, el ORSNA junto con el Ministerio de Transporte, administra los fondos de los Fideicomisos de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Aeropuertos que se fondean con la Afectación Específica de Ingresos que el Concesionario del Grupo A de Aeropuertos aporta tal lo establecido en el Acta Acuerdo.
De esta manera, el Concesionario del Grupo “A” de Aeropuertos deposita mensualmente el 15% de los ingresos de la concesión los cuales son utilizados a los fines del desarrollo de las capacidades de infraestructura necesarias para el sostenimiento y la expansión de los aeropuertos.
Se destaca que con los aportes a este Fideicomiso se financian obras y equipos en todo el ámbito del Sistema Nacional de Aeropuertos.
El OSRNA desarrolla un plan de mejora de infraestructura y servicios de aeropuertos que incluye la renovación integral de terminales de pasajeros, torres de control, estacionamientos vehiculares, pistas de aterrizajes, plataformas comerciales, calles de rodaje y sistemas de luces y balizamientos, entre otros. Apuntando a mejorar la calidad en la experiencia de todos los pasajeros y usuarios, el OSRNA trabaja para incorporar nueva tecnología, sumando máquinas de check-in, incorporando nuevas lectoras electrónicas de pases de a bordo y máquinas para realizar el trámite de Migraciones de forma autónoma): Buscando reducir los tiempos de espera y aumentar la eficiencia en todos los sub sistemas aeroportuarios. Asimismo, el OSRNA está desarrollando un nuevo concepto de salas de espera, con asientos más cómodos, mejor iluminación, mesas de trabajo, más enchufes y estaciones de carga para dispositivos electrónicos. También apunta a ofrecer un mejor servicio de Internet Wi-Fi libre y gratuito y a brindar una mejor oferta comercial y gastronómica, con precios más accesibles para todos.
El trabajo que lleva adelante el OSRNA se enmarcan dentro del plan está llevando adelante el Gobierno Nacional, que incluye la modernización de la infraestructura con grandes obras en 19 aeropuertos del país, la incorporación de nueva tecnología de navegación aérea, nuevo equipamiento para la operación logística y otras obras complementarias para mejorar la aviación civil. En total, se invertirán $22.000 millones de pesos hasta 2019 para todo el sector aéreo.
Desde 2001 se encuentra vigente el Reglamento General de Uso y Funcionamiento de Aeropuertos del Sistema Nacional de Aeropuertos (REGUFA). Esta norma puesta en vigencia por la Resolución ORSNA N° 96/01 de fecha 31 de julio de 2001 reemplaza al anterior "Manual de Funcionamiento de los Aeropuertos del Sistema Nacional de Aeropuertos" que estaba vigente desde 1998. El Reglamento recepta las normas de la Convención de Aviación Civil Internacional de Chicago de 1944 y sus Anexos Técnicos, del Código Aeronáutico Argentino establecido por la Ley 17.285 y la demás legislación relacionada (Ley 19.030, Ley 13.041 y demás normas complementarias). El objetivo del Reglamento es unificar en un cuerpo normativo los principios, garantías y derechos reconocidos por las leyes vigentes y permitir una administración, operación y conservación del Sistema Nacional de Aeropuertos.
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Las tasas que cobra el Concesionario AA2000 (Aeropuertos Argentina 2000 S.A.) y que son reguladas por el ORSNA son:
Tasas cabotaje
Tasas internacionales
Exenciones vigentes: Se consideran infantes, para su exclusión en la aplicación de la Tasa de Uso de Aerostación a los menores que no hubieren cumplido los 3 años de edad para el caso de ser pasajeros en vuelos de cabotaje y a los menores que no hubieren cumplido los dos 2 años de edad para el caso de ser pasajeros en vuelos internacionales.
Exenciones Menores de 2 años, pasajeros en tránsito y diplomáticos debidamente acreditados (Según Resolución ORSNA Nº11/2007)
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