El presidente del Tribunal Constitucional de España es la cabeza del Tribunal Constitucional, órgano constitucional que ejerce la función de supremo intérprete de la Constitución. Su figura se encuentra regulada en el «Título IX» de la carta magna —artículo 160—, así como en la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional (LOTC), modificado por la Ley Orgánica 6/2007 de 24 de mayo.
El presidente, como máxima autoridad del Tribunal, ejerce su representación y preside el Pleno, así como también preside la Sala Primera. Es nombrado por el rey de España a propuesta del resto de magistrados del Alto Tribunal, que lo eligen por mayoría y para un mandato de tres años con posibilidad de una sola reelección. En casos de vacante, ausencia u otro motivo legal, le sustituye el vicepresidente, quien también preside la Sala Segunda.
La Presidencia del Tribunal Constitucional, creada por la Constitución de 1978 y siendo efectiva desde 1980, tiene como antecesora directa la Presidencia del Tribunal de Garantías Constitucionales, órgano similar al Tribunal Constitucional y que tuvo como presidentes a Álvaro de Albornoz entre 1933 y 1934, a Fernando Gasset entre 1934 y 1936 y a Pedro Vargas Guerendiain como presidente interino desde 1936 hasta el final de la Guerra civil española.
El actual Presidente del Tribunal es, desde el 22 de marzo de 2017, Juan José González Rivas.
El Presidente del Tribunal Constitucional, de acuerdo con la Ley del Tribunal Constitucional de 1979:
Desde el efectivo establecimiento del Tribunal Constitucional en 1980, diez personas han servido como presidentes del Tribunal:
El Tribunal en Pleno elige de entre sus miembros, en votación secreta, a su Presidente por un periodo de tres años y propone su nombramiento al Rey.
Para su elección se requiere alcanzar en primera votación la mayoría absoluta; de no alcanzarse esta mayoría, resultará elegido en segunda votación quien obtuviese el mayor número de votos; en caso de empate se efectuará una última votación y si éste se repitiese será propuesto para el cargo de Presidente el candidato de mayor antigüedad y en el caso de igual antigüedad el de mayor edad.
Si el mandato de tres años para el que fue designado no coincidiera con la renovación del Tribunal Constitucional, tal mandato quedará prorrogado para que finalice en el momento en que dicha renovación se produzca y tomen posesión los nuevos Magistrados.
El Presidente y los demás Magistrados del Tribunal Constitucional prestarán, al asumir su cargo ante el Rey, el siguiente juramento o promesa:
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