El Tratado Wyke-Aycinena es un tratado celebrado entre Gran Bretaña y el gobierno conservador de Rafael Carrera y Turcios de Guatemala para definir los límites de Belice a cambio de la construcción de una carretera que comunicara a la Ciudad de Guatemala con la ciudad de Belice.
El área que ocupa Belice en la península de Yucatán nunca fue ocupada por España o Guatemala, aunque España efectuó algunas expediciones exploratorias en el siglo xvi que le sirvieron de base para luego reclamar el área como suya. Por su parte, los ingleses habían establecido pequeños asentamientos en la costa beliceña desde mediados del siglo xvii, principalmente para bases de bucaneros y luego para explotación maderera; los asentamientos nunca fueron reconocidos como colonias británicas aunque estaban de alguna forma regidos por el gobierno inglés en Jamaica. En el siglo xviii Belice se convirtió en el principal punto de contrabando en Centroamérica aunque luego los ingleses reconocieron la soberanía española de la región por medio de los tratados de 1783 y de 1786, a cambio de que se terminaran las hostilidades con España y que los españoles autorizaran a los súbditos de la corona británica a explotar las maderas preciosas que había en Belice.
Tras la independencia de la región centroamericana de la corona española en 1821, Belice se convirtió en la punta de lanza de la penetración comercial británica en el istmo centroamericano; casas comerciales bitánicas se establecieron en Belice e iniciaron unas prósperas rutas comerciales con los puertos caribeños de Guatemala, Honduras y Nicaragua.
Los liberales tomaron el poder en Guatemala en 1829 tras vencer y expulsar a los miembros del Clan Aycinena y el clero regular de la Iglesia Católica e iniciaron un reclamo formal pero infructuoso sobre la región beliceña; esto, a pesar de que por otra parte, Francisco Morazán —entonces presidente de la Federación Centroamericana— en lo personal inició tratos comerciales con los ingleses, en especial el comercio de caoba. En Guatemala, el gobernador Mariano Gálvez entregó varias concesiones territoriales a ciudadanos ingleses, entre ellas la mejor hacienda de la Verapaz, Hacienda de San Jerónimo; estos tratos británicos fueron aprovechados por los curas párrocos en Guatemala —ya que el clero secular no había sido expulsado por no tener propiedades ni poder político— para acusar a los liberales de herejía e iniciar una revolución campesina contra los herejes liberales y a favor de la verdadera religión. Cuando llegó Rafael Carrera al poder en 1840 luego del triunfo de la revolución, no solamente no continuó con los reclamos sobre el territorio beliceño, sino que estableció un consulado guatemalteco en la región para velar por los intereses de Guatemala en ese importante punto comercial. El comercio beliceño fue preponderante en la región hasta 1855, en que los colombianos construyeron un ferrocarril transoceánico en Panamá, permitiendo que el comercio fluyera más eficientemente en los puertos del Pacífico guatemalteco; a partir de este momento, Belice empezó a declinar en importancia.
Cuando se inició la Guerra de Castas en Yucatán —alzamiento indígena que dejó miles de colonos europeos asesinados— los representantes beliceños y guatemaltecos se pusieron en alerta; los refugiados yucatecos llegaban huyendo a Guatemala y a Belice e incluso el superintendente de Belice llegó a temer que Carrera -dado su fuerte alianza con los indígenas guatemaltecos- estuviera propiciando las revoluciones indígenas en Centroamérica. En la década de 1850, los ingleses demostraron tener buena voluntad hacia los países centroamericanos: se retiraron de la Costa de los Mosquitos en Nicaragua e iniciaron negociaciones que resultarían en la devolución del territorio en 1894, regresaron las Islas de la Bahía a Honduras e incluso negociaron con el filibustero estadounidense William Walker en un esfuerzo para evitar que éste invadiera Honduras tras apoderarse de Nicaragua. Y firmaron un tratado sobre la soberanía de Belice con Guatemala —tratado que ha sido reportado desde entonces en Guatemala como el mayor error del gobierno conservador de Rafael Carrera—.
Pedro de Aycinena, como Ministro de Relaciones Exteriores de Guatemala, se había esforzado en mantener relaciones cordiales con la corona británica. En 1859, la amenaza de William Walker se presentó nuevamente en Centroamérica; a fin de obtener las armas necesarias para enfrentarlo, el régimen de Carrera tuvo que cederle el territorio de Belice al Imperio Británico. El 30 de abril de 1859 se celebró la convención entre los representantes de Gran Bretaña y Guatemala para definir los límites con Belice, tras la cual se emitió un decreto en el que Guatemala se vio favorecida en el artículo séptimo, que estipula que Inglaterra abriría por su cuenta una vía de comunicación terrestre de la ciudad de Belice hasta la ciudad de Guatemala.
El controversial tratado Wyke-Aycinena de 1859 tenía dos partes:
Entre los firmantes del tratado, se encontraba el escritor y diplomático guatemalteco José Milla y Vidaurre, quien en ese entonces laboraba junto a Aycinena en el Ministerio de Relaciones Exteriores. El tratado fue ratificado por Carrera el 1.° de mayo de 1859, mientras que el cónsul de Inglaterra en Guatemala, Charles Lennox Wyke, viajó a Gran Bretaña para obtener la ratificación real, regresando a Guatemala el 26 de septiembre de 1859. Hubo algunas protestas del cónsul estadounidense en Guatemala, Beverly Clarke, y de algunos diputados, pero el asunto se dio por terminado.
He aquí el texto íntegro del Tratado:
«Por cuanto: no han sido todavía averiguados y señalados los límites entre los territorios de la República de Guatemala y el Establecimiento y posesiones de S.M. en la bahía de Honduras; la República de Guatemala y S.M. la Reina del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda, deseando definir los límites referidos, con la mira de desarrollar y perpetuar las relaciones amistosas que felizmente existen entre los dos países, han resuelto celebrar una Convención con aquel objeto, y han nombrado por sus plenipotenciarios, a saber: S.E. el Presidente de la República de Guatemala, al Sr. D. Pedro de Aycinena, consejero de Estado y Ministro de Relaciones Exteriores del Gobierno de la República; y S.M. la Reina del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda, al Sr. D. Carlos Lennox Wyke, encargado de negocios de S.M.B. en la República de Guatemala, quienes, habiéndose comunicado sus plenos poderes respectivos y encontrándolos en buena y debida forma, han convenido y concluidos los artículos siguientes:
Comenzando en la boca del río Sarstoon en la bahía de Honduras y remontando la madre del río hasta las Raudales de Gracias a Dios; volviendo después a la derecha y continuando por una línea recta tirada desde los Raudales del Río Belice, y desde los Raudales de Garbutt, norte derecho, hasta donde toca con la frontera mexicana.
Queda convenido y declarado entre las altas partes contratantes que todo el territorio al norte y este de línea de límites arriba señalados, pertenece a S.M.B.; y que todo el territorio al sur y oeste de la misma pertenece a la República de Guatemala.
En seguida los comisionados, antes de proceder a ningún otro trabajo, nombrarán una tercera persona que dedica como árbitro o amigable componedor en cualquier caso o casos en que ellos puedan diferir de opinión. Si no logran ponerse de acuerdo para la elección de dicha tercera persona, nombrará cada uno una persona; y en cualquier caso en que los comisionados puedan diferir de opinión con respecto a la decisión que deben dar, la suerte determinará cuál de las dos personas nombradas será el árbitro o amigable componedor en aquel caso particular. La persona o personas que han de ser así elegidas, antes de proceder a funcionar, harán y suscribirán una declaración solemne, semejante en su forma a la que de haber sido ya hecha y suscrita por los comisionados, cuya declaración será también agregada al registro de operaciones. En caso de muerte, ausencia o incapacidad de alguno de dichos árbitros o amigables componedores; o si se omitieren, declinaren o cesaren de funcionar, se nombrará otra persona de la misma manera para que funcione en su lugar, y hará y suscribirá una declaración igual a la mencionada.
La República de Guatemala y Su Majestad Británica se comprometerán a considerar la decisión de los comisionados conjuntamente, o del árbitro y amigable componedor, en su caso, como final y concluyente en las materias que deben someterse respectivamente a su decisión, y a llevar inmediatamente ésta a debido efecto.
Los sueldos de los comisionados serán pagados por sus gobiernos respectivos. Los gastos contingentes de la comisión, incluyendo el sueldo del árbitro o amigable componedor y de los agrimensores y amanuenses, serán costeados por los dos gobiernos por partes iguales.
En fe de lo cual, los respectivos plenipotenciarios la han firmado y sellado en Guatemala, a treinta de abril del año de mil ochocientos cincuenta y nueve.
(L.S.) P. de Aycinena
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