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Tribunales Económico-Administrativos de España



Los Tribunales Económico-Administrativos de España son órganos administrativos independientes de la Administración General del Estado, adscritos al Ministerio de Hacienda, que resuelven las reclamaciones económico-administrativas, que constituyen en España un recurso especial para impugnar los actos tributarios ante la propia administración que los dicta.

También existen órganos económico-administrativos de resolución en las Comunidades Autónomas y en algunos municipios de gran población, como Madrid, que reciben diversas denominaciones y no se encuadran en el Ministerio de Economía y Hacienda, sino dentro de las Administraciones Tributarias de sus respectivas administraciones territoriales, generalmente las Consejerías de Hacienda.

El origen de la vía económico-administrativa se encuentra en la separación entre los ámbitos de gestión tributaria en sentido amplio y de resolución de reclamaciones contra dicha gestión, que en la actualidad se denominan aplicación de los tributos e imposición de sanciones y resolución de reclamaciones contra dicha aplicación de los tributos e imposición de sanciones. Las reclamaciones económico-administrativas constituyen el instrumento necesario para quien desee impugnar los actos de la Administración Tributaria y acceder posteriormente, en su caso, a la vía judicial a través de un procedimiento contencioso-administrativo.

Los Tribunales Económico-Administrativos, a pesar de su denominación, no son órganos jurisdiccionales y no dependen del poder judicial. Pese a la independencia funcional de la que gozan hay que destacar que se integran en el Ministerio de Economía y Hacienda, dentro de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos y, dentro de ésta, en la Secretaría General de Hacienda. Se configuran, por tanto, como órganos administrativos especiales, en correlación con la singularidad de la actividad tributaria, con unas notas y características propias como consecuencia de su independencia funcional y separación de los órganos encargados de la aplicación de los tributos e imposición de sanciones.

Existe una estructura territorial que va desde las localidades hasta el Tribunal Económico-Administrativo Central. Así, hay 4 Dependencias Locales y 28 Dependencias Provinciales cuya función no es resolver recursos, sino facilitar al ciudadano la interposición de las reclamaciones con una mayor proximidad en su ámbito geográfico, así como la comunicación del mismo con el correspondiente Tribunal Económico-Administrativo Regional o Sala Desconcentrada del mismo.

Por ello, la estructura en su función de resolver las reclamaciones empieza en los Tribunales Económicos-Administrativos Regionales (TEAR), de los que hay 17, uno por cada comunidad autónoma, y dos Tribunales Económico-Administrativos Locales para atender los casos de Ceuta y Melilla que tienen estatuto de autonomía propio. Las competencias de estos son resolver los recursos administrativos que se presentan contra los órganos territoriales de la administración del Estado en dicho territorio, así como en su caso contra los de la administración autonómica en caso de que así se prevea en el estatuto de Autonomía correspondiente o lo determine la legislación general.

Sus competencias específicas son:

El órgano de todo el Estado es el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), con sede en Madrid, que resuelve los recursos de los que debe conocer en primera instancia por estar a él atribuidos, o de reclamaciones frente a resoluciones de los tribunales territoriales.

1.- En única instancia:

2.- En segunda instancia: resuelve los recursos de alzada ordinarios que se interpongan contra las resoluciones dictadas en primera instancia por los Tribunales Económico-Administrativos Regionales y Locales.

3.- Los recursos extraordinarios de revisión y los extraordinarios de alzada para la unificación de criterio.

4.- La rectificación de errores en los que incurran sus propias resoluciones.

Es una única Sala especial, competente para resolver los recursos extraordinarios para la unificación de doctrina interpuestos contra las resoluciones en materia tributaria dictadas por el Tribunal Económico-Administrativo Central.



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