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Valija diplomática



El término valija diplomática [1]​ corresponde en las relaciones internacionales a la correspondencia entre un gobierno y sus agentes en el exterior y su inviolabilidad.[2]​ Se encuentra regulado por la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 y la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, en España, este último texto publicado en el BOE núm. 56, de 6 de marzo de 1970.[3]

Si bien en origen el elemento enviado era una valija o maleta, hoy en día las necesidades burocráticas y logísticas de los estados han extendido esa denominación a elementos mucho más voluminosos. Su uso no ha estado exento de abusos por parte de sus remitentes, suspicacias por parte de los Estados que deben dejarlos transitar y anécdotas de los elementos enviados.[4]



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