Abdicación (del latín abdicatio, renegar, renunciar; de ab de, y dicare, declarar, proclamar como no perteneciente a uno) es el acto según el cual una persona renuncia y cede por sí misma su cargo antes de que expire el tiempo para el cual se tomó el mismo. En el derecho romano, el término se aplicaba especialmente para desposeer a un miembro de una familia, como al desheredar a un hijo, pero en tiempos más recientes, esta palabra se usa raramente excepto en el sentido de renunciar al poder supremo de un Estado. Un término similar para un electo o un funcionario es renuncia (al cargo).
Entre las abdicaciones más memorables de la antigüedad se puede mencionar la del dictador Sila, 79 a. C., y la del emperador romano Diocleciano (305).
Probablemente la abdicación más famosa en la historia contemporánea sea la del rey Eduardo VIII del Reino Unido en 1936, quien abdicó del trono británico para poder casarse con la divorciada Wallis Simpson, pasando por alto las objeciones del establishment británico, los gobiernos de la Mancomunidad de Naciones, la familia real y la Iglesia de Inglaterra. Esta fue también la primera vez en la historia que un rey renunció a la corona británica de manera enteramente voluntaria. Ricardo II de Inglaterra, por ejemplo, fue forzado a abdicar después de que fuera despojado del trono por su primo, Enrique Bolingbroke, mientras Ricardo se encontraba fuera del país.
Cuando Jacobo II de Inglaterra, después de lanzar el Gran Sello del Reino al Támesis, huyó a Francia en 1688, no renunció a la corona formalmente, y se discutió en el Parlamento la cuestión de si había perdido su derecho al trono o si había abdicado. Se acordó lo último, pues en una asamblea general de Lores y Comunes, convinieron que estaba depuesto, a pesar de la protesta de Jacobo, y declararon que «habiéndose esforzado el rey Jacobo II en revocar la constitución del reino, rompiendo el contrato original entre el rey y el pueblo, y, aconsejado por los Jesuitas y otras personas corruptas, habiendo violado las leyes fundamentales, y habiéndose él mismo retirado fuera del reino, abdicó del gobierno y que el trono está por tanto vacante». El parlamento escocés pronunció un decreto de derrocamiento y deposición.
Como el título de la Corona depende de un estatuto, particularmente el Acta Constitucional 1701, una Abdicación Real solo se puede efectuar mediante un Acta del Parlamento. Para dar efecto legal a la abdicación del Rey Eduardo VIII del Reino Unido se dictó el Acta de la Declaración de Abdicación de Su Majestad de 1936.
En España son tres los monarcas que han abdicado en ejercicio: Carlos I, Felipe V y Juan Carlos I. A estos habría que añadir los casos de Carlos IV e Isabel II, que abdicaron cuando carecían de poder efectivo.
Históricamente, si un monarca abdicaba ello se veía como profundo y chocante abandono del deber real. Como resultado, las abdicaciones normalmente solo ocurrían en las más extremas circunstancias de tumulto político o violencia. Esto ha cambiado en un pequeño número de países: los monarcas de Países Bajos, Luxemburgo, Camboya y Bélgica han abdicado como resultado de su avanzada edad. El príncipe Hans-Adam II de Liechtenstein hizo a su hijo regente recientemente, en un acto que equivalía a un abdicación de facto si no de ley.
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