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Asamblea Departamental de Antioquia



La Asamblea Departamental de Antioquia es una corporación gubernamental del Departamento de Antioquia en Colombia. Está compuesta por 26 diputados, quienes representan el poder legislativo autónomo a nivel regional. Su sede está ubicada en el Centro Administrativo La Alpujarra de la ciudad de Medellín.

Actualmente se constituye por miembros elegidos en su totalidad por voto universal en octubre de 2019, y ejercen sus funciones desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2023.

El origen de la Asamblea de Antioquia se halla ligado estrechamente al movimiento revolucionario de independencia de las colonias españolas; contexto de emancipación política que a su vez se encuentra inmerso dentro de la crisis de la sociedad occidental, que enfrentó las ideas demo-liberales con la monarquía absoluta, con el triunfo de las primeras y el eclipse del régimen feudal. Con la imposición de las ideas liberales y sus nociones de democracia, gobierno popular y representativo, quedaron delineadas y aseguradas las bases para el surgimiento y establecimientos de la cuerpos colegiados, políticos, deliberantes y representativos del poder denominados asambleas, con facultades propias para crear leyes, sancionarlas y aplicarlas, para administrar y delinear las pautas del gobierno. Ese fue el legado de una era de revoluciones, denominadas burguesas, que conmovieron en suelo europeo desde 1660 hasta 1850, entre ellas la emancipación de las colonias americanas. La estabilidad política inglesa se convirtió en modelo de gobierno para los demás pueblos apegados a la nueva noción de política de soberanía, donde se entendía que el Rey reina pero no gobierna, pues el gobierno efectivo pasó a las manos de las clases medias burguesas, organizadas en cuerpo colegiado, en asamblea llamada parlamento. Los antecedentes del la institución Asamblea de Antioquia, se remontan a los primeros actos de tipo jurídico expedidos por el gobierno español con motivo del descubrimiento de Urabá. La sociedad colonial en los dominios españoles estaba gobernada exclusivamente por los españoles y marginaba del poder a los criollos o “españoles americanos”. Con el proceso de independencia de la actual República de Colombia, se conforman los diferentes cuerpos colegiados según la transformación de la región y su organización territorial. Antioquia estuvo dividida hasta el 30 de abril de 1910 cuando volvió a integrarse nuestra entidad territorial.

DIPUTADOS QUE OCUPARON LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y DEJARON SU HUELLA EN LA ASAMBLEA DE ANTIOQUIA, ELLOS FUERON: Mariano Ospina Rodríguez, Diputado en 1835, 1837, 1853, 1856, 1873 y 1875; Presidente de la República (1857-1861). Rojas Garrido, José María, Diputado en 1862; Presidente de la República del 1°de abril al 20 de mayo de 1866. Francisco Antonio Obregón Muñoz, Diputado en 1835, 1852 y 1862; Presidente de la Asamblea en 1863. Presidente de la República por corto tiempo. Juan de Dios Aranzazu, Diputado en 1835, fue encargado del Poder Ejecutivo Nacional durante la Vicepresidencia del General Caicedo. Carlos E. Restrepo Restrepo, Diputado en 1904, 1909, y 1913; Presidente de la República por nombramiento de la Convención Nacional de 1910. Marco Fidel Suárez, Diputado en 1888 y 1909; Presidente de la República desde el 7 de agosto de 1918 hasta 1921. Pedro Nel Ospina Vásquez Diputado en 1890, 1896, 1904, 1909, 1916 y 1924; Presidente de la República (1922-1926). Mariano Ospina Pérez, Diputado en 1918, 1920 y 1922; Presidente de la República en 1946. Laureano Gómez Castro, Diputado en 1932, elegido Presidente de la República en 1950, gobernando 451 días. Alfonso López Pumarejo, quien también fue elegido a la Corporación en la misma época de Laureano Gómez. Belisario Betancur Cuartas Diputado en 1945 y 1962; Presidente de la República (1982-1986). En esta misma lista destacamos a Gustavo Rojas Pinilla, Carlos Lleras Restrepo, Misael Pastrana Borrero quienes prestaron sus nombres para darle vigor a la célula antioqueña. Vale la pena destacar que otros presidenciales de la talla de Jorge Eliecer Gaitán, Gabriel Turbay Turbay, Luis Carlos Galán Sarmiento, conformaron cada uno en su época la nómina de la Asamblea Departamental de Antioquia.

Son funciones de las asambleas:

1. Votar el presupuesto de rentas y gastos para cada año.

2. Conceder privilegios cuando se trate de inventos útiles, o de vías públicas; en este último caso se necesita de la aprobación del gobierno nacional, cuando la obra interese a más de un departamento.

3. Establecer y organizar los impuestos que se necesiten para atender a los gastos de la administración pública, con arreglo al sistema tributario nacional, pero sin gravar artículos que sean materia de impuestos de la nación, a menos que para hacerlo se les dé facultad expresa por la ley

4. La facultad de decretar pensiones de jubilación a los maestros y maestras de escuelas oficiales que hubieren servido por el tiempo que las mismas asambleas podrán determinar, y que no será menor de quince años.

La ley 617 de 2000 establece en su artículo 29 los periodos de las sesiones de las Asambleas Departamentales, las cuales sesionaran durante seis meses en forma ordinaria, así:

En el segundo, tercer y cuarto año de sesiones, el primer período será el comprendido entre el primero de marzo y el treinta de abril; el segundo período será del primero de junio al último día de julio. El tercer período será del primero de octubre al treinta de noviembre. La asamblea puede sesionar igualmente durante un mes al año de forma extraordinaria que se remunerará proporcionalmente al salario fijado


En la Asamblea de Antioquia existen 8 comisiones permanentes, integradas por cinco diputados cada una, en las cuales se discuten los proyectos de ordenanza de acuerdo a los temas de su competencia.

COMISIÓN DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO:

COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTAS

COMISIÓN DE EDUCACIÓN, ASUNTOS SOCIALES, MEDIO AMBIENTE, SALUD PÚBLICA, ASISTENCIA SOCIAL Y BENEFICENCIA:

COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, AGRICULTURA, VÍAS DE COMUNICACIÓN, MINAS, TURISMO Y TRANSPORTE, DESARROLLO COMUNITARIO, ASUNTOS INDÍGENAS Y COMUNICACIONES:

COMISIÓN DE CÓDIGOS, REGLAMENTOS DE LA ASAMBLEA, RÉGIMEN POLÍTICO Y MUNICIPAL, ZONAS DE FRONTERA, CARRERA ADMINISTRATIVA, ASUNTOS FISCALES:

COMISIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO:

COMISIÓN DE ÉTICA:

COMISIÓN DE PAZ Y DERECHOS HUMANOS:

Con motivo de la cruenta guerra civil en todo el territorio de la República que se ha llamado de los “Mil Días”, la Asamblea Departamental de Antioquia no sesionó desde fines de Siglo Pasado y los primeros años del presente Siglo. El primero de enero de 1900, Antioquia, que hasta entonces permanecía en paz, se sumó al movimiento general. Los últimos tratados de paz se firmaron por fin el 21 de noviembre de 1902, y el Gobierno declaró restablecido el orden público el primero de junio de 1903. Al momento de estallar la guerra, el Presidente de la Asamblea era don Fructuoso Escobar, quien había sido elegido en 1898 por el municipio de Jericó. En 1908, Antioquia se dividió en cuatro departamentos: de Jericó, de Sonsón, de Antioquia y de Medellín, de acuerdo a la Ley 5 de agosto, durante la administración del General Rafael Reyes. En 1909, la Ley 65, eliminó la división y Antioquia se unificó de nuevo. A raíz de la dictadura militar del General Gustavo Rojas Pinilla, la Asamblea Departamental de Antioquia es reemplazada por un Consejo Administrativo, que operó entre 1954 y 1958. La lista de Presidentes de la Asamblea Departamental de Antioquia , es la siguiente:



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