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Autovía



Una autovía es una vía de dominio y uso público proyectada y construida fundamentalmente para la circulación de vehículos automóviles.

Son autovías, en España, las carreteras que, no reuniendo todos los requisitos de las autopistas, tienen las siguientes características:

La autovía, propiamente dicha y como tal es una obra civil de origen español, con algunas características similares a las de las autopistas pero sin estar sujeta al cien por cien a las mismas.

Las primeras tenían cruces a nivel y en algunos sitios solo tenían un carril por sentido aunque sí contenían una mediana, hasta la década de 1970. La definición actual de autovía proviene del año 1988, año en que se modificó la Ley de Carreteras española.[1]

En Argentina se utiliza además el término para cualquier carretera de carriles separados que puede tener cruces al mismo nivel. Si sus cruces son todos a otro nivel, se la llama autopista. Por ejemplo, véanse la Autovía 2 y la Autopista Rosario-Córdoba.

La diferencia fundamental entre autovía y autopista, en España, es que esta última está especialmente proyectada, construida y señalizada para la exclusiva circulación de automóviles. A tal efecto, un automóvil es un vehículo motor que circula sin raíles y sin conexión a una fuente exterior de energía, excluyéndose de tal calificación los ciclomotores, coches de minusválidos y los tractores y demás maquinaria agrícola que, por lo tanto, junto a los ciclos, tienen prohibido circular por las autopistas.

Las autovías actuales, denominadas de tercera generación, disponen también de restricciones a aquellos vehículos, al igual que las autopistas (sin necesidad de señalizarlo), aunque la norma se puede volver no aplicable, si estos no disponen de una alternativa pavimentada, con la sola excepción de animales de carga y tractores, que pueden circular por caminos de servicio. De igual manera, si no hay de estos, tendrán por fuerza que circular por la autovía.

En España, la Ley de Carreteras de 1988 modificó la definición de autovía vigente hasta el momento, sustituyéndola por la histórica, al modificar la antigua Ley de 1974, que de este tipo o similar, solo albergaba la de autopista, para así añadirla a la nueva Ley de 1988, a fin de posibilitar la conversión de las nacionales radiales (N-1 a N-6) mediante una duplicación simple de calzadas de las mismas y variantes a población. Para ello se debía ser más flexible con el trazado resultante y dicha infraestructura debería ser utilizada no solo por los automóviles, sino también por los vehículos que expresamente excluye la definición de autopista. Esto es debido a que al duplicarse las carreteras radiales sin vía alternativa no podía prohibirse la circulación de los mismos. En la actualidad esto se sigue contemplando en la construcción de nuevas autovías, lo que hace que difieran en este aspecto de las autopistas.

Estas grandes limitaciones que se impusieron a las autovías para poder duplicar las carreteras radiales han ido superándose con el devenir el tiempo y actualmente las características de trazado de las nuevas autovías proyectadas las hace visualmente muy parecidas a las autopistas.

Las limitaciones de velocidad en autovías y autopistas se determinan de acuerdo a la legislación vigente, siendo en España la velocidad máxima y genérica de 120 km/h en la actualidad y como criterio general, pudiéndose limitar por cuestiones de seguridad en determinados tramos. Dicha reducción de velocidad máxima puede afectar tanto a autopistas como autovías. Y en ambas además, los mínimos de velocidad están fijados en la mitad, genéricamente 60 km/h. Todo vehículo que no alcance esta velocidad mínima exigida deberá circular con las luces de emergencias puestas y abandonar la vía por la salida más próxima.

En los último años se han ido incorporando señalizaciones indicando los tramos de concentración de accidentes, con el fin de informar y concienciar a los conductores sobre estos puntos negros para que extremen la precaución. Esto no quiere decir necesariamente que esos lugares peligrosos no puedan ser realizados a la velocidad genérica de la vía. En algunos, es simplemente una medida de seguridad.

El peaje no es un criterio determinante a los efectos de clasificar una vía como autopista o autovía. Si bien puede decirse que ninguna autovía es de peaje, no puede decirse lo mismo de las autopistas. En España, hasta 2003, el identificador azul, "A-X", era exclusivo de autopistas, ya fueran de peaje o no. En el mencionado año, esto se modificó, extendiéndose también a las autovías, que hasta entonces, mantenían el identificador oficial de la ruta que era desdoblada, pudiéndolo ahora portar ambos tipos y diferenciándose autopistas de autovías, entre otras características más técnicas, básicamente por la señalización de inicio/fin y salida/entrada a ojos del usuario. El identificador "AP-X" sí es exclusivo de autopistas de peaje, desde entonces. Hasta 2003, este tipo de autopistas, compartía el identificador "A-X" con el resto de las autopistas. De hecho, la primera autopista española, el tramo Las Rozas-Villalba de la Autopista del Noroeste, cuyo identificador es A-6, inaugurada en 1967, nunca fue ni es de peaje.

En la conversión de las nacionales no radiales en autovías con reposición del trazado antiguo de la misma está llevando aparejada la prohibición de circulación por la misma de vehículos que no sean automóviles, que deberán circular necesariamente por el trazado antiguo. Aunque por poner un ejemplo, el tramo Valladolid-Tordesillas de la A-62, Autovía de Castilla, construido aprovechando el trazado de la N-620, no tiene señalizadas tales prohibiciones y en cualquier caso, la prohibición se podría volver nula para algunos de los vehículos excluidos, al no disponer esta autovía de alternativa pavimentada propia en toda su longitud.

Estas cuestiones han llevado frecuentemente a que, en la práctica, los usuarios no hallen diferencia alguna entre las autovías de última generación y las autopistas públicas, como un proceso lógico de la evolución de las características de las infraestructuras en la búsqueda de la mejora de la seguridad de las mismas, aunque por ende, se podría entender que las autopistas deberían seguir mejorando, siempre por delante de las autovías.

En España, se estima que el coste medio de un kilómetro de autovía es de 6,2 millones de euros en 2013 por 11 de las autopistas;[2]​ sin embargo, dependerá del número de obras de fábrica, de las características de la misma, la orografía, etc, que puede contribuir a que dicha cifra varíe mucho. Lo cual nos remite a la definición de autopista como tal, que en ese aspecto, es muy posible que encarezca el presupuesto, más que la autovía.[cita requerida] La autovía de la Meseta A-67 es la más cara de construcción en España, con un coste de 16 millones de euros por kilómetro, debido a los cinco viaductos que integra, entre ellos el viaducto de Montabliz, uno de los más altos del territorio español, aunque en conjunto no puede ser considerada una autopista. Por su parte, la autopista más cara de España es la Supersur (circunvalación de Bilbao), en Vizcaya, con un coste aproximado de 49 millones por kilómetro y una distancia de 36 km y que dadas las necesidades a cubrir forma parte de la Autopista del Cantábrico y es además de peaje.



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