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Caso dativo



El dativo (también llamado tercer caso en filología clásica) es un caso gramatical, es decir, una de las formas de flexión de los nombres, adjetivos y pronombres en las lenguas que los declinan, siendo la declinación de estas palabras el equivalente a la modificación de los verbos en las lenguas que los conjugan.

El dativo se puede aplicar a sustantivos, adjetivos y pronombres, y marca típicamente el complemento indirecto, por lo que sirve para expresar la persona o cosa que recibe el beneficio o perjuicio indirecto de la acción verbal. En español, este complemento responde a las preguntas: «¿a quién?» o «¿para quién?», formuladas al verbo. Por ejemplo: El niño escribe una carta a su padre. Además existen otros usos del dativo, como el de posesión, que se daba por ejemplo en latín vulgar y, en menor medida, en latín clásico.

Su nombre viene del latín dativus, del verbo dare, dar.

El uso del dativo era común entre las primeras lenguas indoeuropeas y continúa siendo usado en numerosas lenguas de esta familia, como las eslavas, las bálticas y las germanas, entre otras. Además, hay lenguas no indoeuropeas que también emplean este caso con formas similares. Por ejemplo las lenguas ugrofinesas, el Idioma navajo y el japonés.

En español los nombres no se declinan por caso, solo por género y número, y solo queda un residuo de flexión para el dativo en los pronombres personales de tercera persona: está aún morfológicamente marcado en los pronombres le y les, que indican en la mayoría de los dialectos el objeto indirecto: Yo le vi las orejas (a él o a ella), Yo les di de comer (a ellos o ellas). No obstante, en varios dialectos del español hay usos no estándar de estos pronombres y de los de objeto directo (lo, la, los, las). (Véase leísmo).

Algunas de las lenguas en las que se emplea o se ha utilizado el dativo son:

Se entiende que el caso dativo es comúnmente el caso del complemento indirecto. Sin embargo, existen otras posibilidades sintácticas donde es aplicable el caso dativo. Unas de ellas es el caso dativo posesivo; esta peculiaridad se halla en la lengua latina; se entiende por dativo posesivo cuando en una oración se expresa una posesión perteneciente a una persona, a un animal o a una cosa.

Ejemplos:

Estas oraciones corresponderían en latín a:

El término al que se le atribuye la posesión se traduce en caso dativo. Por lo tanto, la traducción literal de los ejemplos anteriores es:

También cuando se expresa una relación de amistad, de parentesco o de familiaridad construida con el verbo tener:

En latín:

Es decir, se sustituye el verbo tener por el verbo ser; se hace sujeto de la oración al objeto o persona del cual se habla; y se traduce en el caso dativo el término al que se le atribuye la posesión. De esta manera la traducción literal de los ejemplos anteriores es:

Estos mismo ocurre con las oraciones que indican el nombre o el apellido:

El nombre o el apellido que le sigue se traduce en el caso dativo o en concordancia con el sustantivo nomen:

cuya traducción literal es:

Con los verbos pasivos ocurre lo mismo. Ejemplo:

Si es sustantivo nomen estuviera en el caso acusativo, el nombre o el apellido se pone en el dativo, o deberá concordar con el sustantivo nomen en el caso acusativo. Ejemplos:



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