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Consejo Real de Navarra



El Consejo Real de Navarra[1]​ fue creado por la reina Juana II y el rey consorte Felipe III en el siglo XIV incluido en un "amejoramiento" de fueros realizado por la monarca.

Las Cortes de 1481 y 1484 lo configuran con carácter técnico jurídico, en detrimento de la nobleza, para evitar el control de la institución por alguna de las banderías, beaumontesa o agramontesa, enzarzadas en conflictos y guerras.

Tras la conquista castellana en 1512, se reestructura en las Cortes de 1525, pasando a estar constituido por un regente y seis consejeros, reservándose el rey el nombramiento del regente y dos consejeros extranjeros, castellanos, cargos que se conocían con el nombre de "castellanías". Fueron constantes e infructuosas las protestas de las Cortes para conseguir que la totalidad de sus miembros fueran naturales del reino.

La estructura del Consejo Real de 1525 permaneció hasta la desaparición de la institución, al mismo tiempo que el Reino de Navarra, en 1841 a raíz de la aprobación de la Ley de Modificación de los Fueros de Navarra o también denominada Ley Paccionada. Siempre tuvo su sede y reuniones en Pamplona y no en el lugar donde estuviera en cada momento la sede de la corte, le convirtió en el único consejo de la monarquía que mantuvo esa característica excepcional.

La función principal era de supremo órgano judicial de Navarra, realizando también labores administrativas de gobierno y cierta actividad legislativa. Las sentencias del Consejo Real no tenían apelación superior ya que era el tribunal supremo de justicia, lo que provocó roces con la justicia castellana.

Cuando la imprenta se instala en Navarra, en virtud del taller que Miguel de Eguía monta en Estella en 1546, El Consejo Real de Navarra asume todas las competencias relativas al control de la imprenta y del libro, tales como la censura previa, la concesión de licencias de impresión, el privilegio de comercialización de una obra en régimen de monopolio durante un tiempo establecido y la fijación de la tasa, el precio de venta al público del libro. Estas funciones las mantuvo a lo largo de cuatro siglos, hasta la disolución de este tribunal en 1841 con la promulgación de la citada Ley de Modificación de los Fueros de Navarra.

Las cortes de Sangüesa de 1561 establecieron el Derecho de Sobrecarta por el cual el Consejo Real revisaba que todas las reales órdenes que provenían del rey o su corte para informar que eran conformes a las leyes del Reino de Navarra, en caso contrario se obedecían pero no se cumplían. En la práctica raramente se negaba la sobrecarta a una disposición real, entre otros motivos, porque el Consejo Real estaba integrado por miembros castellanos o afines a la Corona, que era quien los había designado.

Esta institución desapareció con la promulgación, en 1841, de la citada Ley de Modificación de los Fueros de Navarra, al establecerse la "unidad constitucional" y, en consecuencia, en Navarra se instauró el sistema judicial español, para ello que se instauró la Audiencia Provincial, al igual que en el resto de provincias españolas.



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