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Diccionario de Autoridades



El Diccionario de autoridades, publicado entre 1726 y 1739, fue el primer diccionario de la lengua castellana editado por la Real Academia Española, fundamento de lo que hoy se conoce como el Diccionario de la lengua española.

El Diccionario de autoridades es el primer diccionario confeccionado por la Real Academia Española (RAE), que en 1713 siguió a los ya existentes de las academias de la lengua francesa e italiana, la Académie Française y la Accademia della Crusca, respectivamente. En contraste con ellas, la RAE tenía como propósito principal crear un diccionario en muy poco tiempo tras su fundación.

En el prólogo se establecen los criterios lexicográficos y ortográficos que seguirá la RAE, así como su lema: «Limpia, fija y da esplendor», que hace referencia a una de las mayores preocupaciones de los primeros académicos, la pureza del castellano: se veía como una lengua que ya había alcanzado su perfección con los escritores del Siglo de Oro y que podía corromperse por el paso del tiempo, por los neologismos y por el mal uso de la lengua por parte de ciertos hablantes, entre otros los afrancesados, pues se miraba con recelo el préstamo abusivo del francés.[cita requerida]

El Diccionario de autoridades intenta establecer un modelo lingüístico y estandarizado para el castellano, incluyendo las palabras más comunes y mejorando la obra de su mejor precursor, el Tesoro de la lengua castellana o española, escrita por Sebastián de Covarrubias y publicada en 1611. Esa obra era pionera de los diccionarios monolingües en Europa y está mencionada en el prólogo por sus virtudes y defectos.

El modelo para la estructura y el diseño del diccionario fue el Vocabolario della Crusca,[1]​ el diccionario italiano cuya tercera edición fue publicada en 1691 por la Accademia della Crusca, y la academia intentó incluir palabras cortesanas como sus ejemplos en italiano y francés, pero también palabras comunes de arte y ciencias, al estilo de su tiempo, durante la Ilustración; dice en el prólogo:

Este diccionario se conoce como «de autoridades» por tener en los artículos citas de autores que ejemplifican o corroboran la definición dada con el objetivo de autorizar el uso de los voces y representar el "bien hablar y escribir"; tal y como se indica, respetando la grafía y acentuación originales, en la página II del primer volumen:

Entre los autores y obras utilizados como autoridades de la lengua se incluyen los más ilustres representantes de la literatura en castellano, sobre todo del Siglo de Oro, entre otros: Mateo Alemán, Santa Teresa de Jesús, Diego de Saavedra Fajardo, Estebanillo González, Salvador Jacinto Polo de Medina, Francisco de Quevedo (sobre la recepción de Quevedo en la primera obra académica, véase Álvarez de Miranda, 2004), Luis de Góngora, el Inca Garcilaso de la Vega, Vicente Espinel, Juan de Mena, Fray Luis de León, Antonio de Nebrija, Pedro Calderón de la Barca, Juan Eusebio Nieremberg, Juan de Mariana, Miguel de Cervantes, Lope de Vega o La pícara Justina (sobre la presencia de La pícara en Autoridades, acúdase a Prieto García-Seco, 2015). Muchos autores más son mencionados, porque los redactores de Autoridades quisieron mostrar la variedad y riqueza del idioma. No obstante, también existen notables ausencias en el primer fruto lexicográfico de la Corporación madrileña, como sucede con el dramaturgo mercedario Tirso de Molina, cuya obra, sorprendentemente, tan solo se cita, según el estudio de Prieto García-Seco (2014: 32-38), en ocho artículos.

El Diccionario de autoridades salió a la luz en sucesivas etapas entre los años 1726 y 1739, tras un exhaustivo proceso de creación y redacción conjunta de todos sus artículos. Consta de 6 volúmenes (véase más abajo el enlace de acceso a cada uno de ellos):

El diccionario, que se basaba en la doctrina ya expuesta por Antonio Nebrija, no puede servir como una gramática en sí, pero ofrece ejemplos de muchos elementos teóricos de la lengua. Es una gramática bastante simple. Es evidente en la inclusión en el diccionario del arte de la gramática, que está orientada a la enseñanza, y el libro Ideas gramaticales en el Diccionario de autoridades describe también a la gramática como:

Como la meta del diccionario era incluir el mayor número de palabras posibles, ponía muchas palabras que no eran de uso común y aparecen anotadas como términos gramaticales o científicos, etc. Cada artículo sigue la misma fórmula, y tiene la misma información gramatical:

A veces falta uno o dos de esos criterios, como la caracterización de la palabra o la autoridad más frecuentemente. Como la gramática se consideraba “arte” durante este tiempo, las definiciones de las palabras generalmente son minuciosas y muy metódicas y también reflejan bien el estado de la lengua en el momento particular. Tiene definiciones muy vagas de las partes de la oración, por ejemplo, el nombre “es la primera parte de la Oración”, en cuanto al verbo “es una de las partes de la oración” y también quedan fuera muchas otras partes, como la conjunción y el pronombre.

Uno de los rasgos más importantes de la gramática de ese diccionario es la superimposición de la gramática latina a la española. Es decir, la base teórica de la gramática viene del latín, y la pragmática viene del castellano; era un gran problema en la estandarización del español en general, porque como suele decirse, la gramática es algo “común a todas las lenguas, pero particular a cada una”.

La publicación del diccionario empezó la reforma ortográfica y normativización en la lengua castellana del tiempo. El criterio ortográfico que va a imponer la Academia en un principio será el etimológico, es decir, tiene en cuenta la lengua de origen de la palabra castellana (generalmente, el latín) para fijar su escritura, así se restituyen, por ejemplo, los grupos cultos latinos como –ct– y desde entonces escribimos «doctor» y no «dotor», como era lo habitual en el Renacimiento, y también muchas palabras griegas también mantienen ‘th’, ‘ch’ y ‘ph’ del sistema griego, como se ve en la palabra ‘orthographia’. El diccionario introducía algunos cambios en la ortografía, además de fijar elementos de la fonética y fonología de la lengua. Los acentos sirven para distinguir entre homónimos y para indicar énfasis en las palabras. Los redactores fijaron las grafemas de ‘u’ y ‘v’, usando ‘u’ solamente para representar el sonido /u/ y ‘v’ sólo para /b/. Ya no usaban ‘ç’, prefiriendo los grafemas ‘c’ y ‘z’ (dependiente del ámbito fonológico) y finalmente muestra una gran reducción en la distinción entre ‘s’ y ‘ss’, que antes eran distintas. Esos cambios causaban una falta de correspondencia única entre fonema y grafema, dejando que algunos sonidos sean representados por una de dos letras diferentes, dependiendo del ámbito dentro de la palabra, ambos ‘c’ y ‘z’ representan /θ/, cuando ‘g’ y ‘j’ significan el sonido /x/ y ‘b’ y ‘v’ son /b/. Esas reglas de alternancia en la ortografía eran fijadas en este tiempo y se ven los primeros indicios de eso primeramente en el Diccionario de autoridades. La normativización que sustenta su trabajo verá la luz, como obra completa, en forma de la Orthographía española, de 1741, y muchos de los criterios fijados en aquellos años siguen vigentes hoy en día.

Uno de los elementos más problemáticos era que la gramática del diccionario fue excesivamente basada en el latín. Los redactores intentaban ser muy descriptivos en su análisis de la lengua, pero, a veces, no lo son, por describir la lengua como querían que fuese, en lugar de describir el habla y el estado actual de la lengua que estaba siendo “corrompida” según su criterio.[cita requerida]

Había falta de coordinación entre los redactores. Esa falta de coordinación causa, en muchos casos, una falta de unidad en los artículos.[cita requerida]

Se ve también la gran influencia de la religión de todos los españoles en su redacción. Por ejemplo, la definición de la palabra “hombre”, junto con las autoridades que ejemplifican el uso, que viene en la página 168 del tomo IV:

Acceso a cada uno de los tomo del Diccionario de autoridades:



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