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Dirección General de Transporte Terrestre



La Dirección General de Transporte Terrestre (DGTT) de España es el órgano de gestión del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, dependiente orgánicamente de la Secretaría General de Transporte, que se encarga de la ordenación general, en el ámbito de las competencias del Estado, en materia de transporte por carretera, servicios de transporte ferroviario y transporte por cable.[1]

A la DGTT le corresponde la secretaría del Consejo Nacional de Transportes Terrestres, la coordinación de las Juntas Arbitrales del Transporte y la resolución de conflictos competenciales entre ellas y las relaciones con todas aquellas entidades que representen al sector empresarial en materia de servicios de transporte por carretera.

La historia de la dirección general de Transporte Terrestre se remonta al reinado de Alfonso XIII, cuando el 27 de diciembre de 1925 se crea en el Ministerio de Fomento la Dirección General de Ferrocarriles y Tranvías para la administración de estos sectores, suponiendo un nexo entre el Ministerio y el Consejo Superior de Ferrocarriles (creado en 1921)[2]​ y cuyo director general era un ingeniero de caminos, canales y puertos de reconocida competencia en la materia.[3]​ En 1927 esta dirección general se amplió con nuevas jefaturas para el estudio de proyectos y anteproyectos de nuevas líneas de ferrocarriles y su construcción[4]​ y tres delegaciones para la regulación del tráfico de carbones minerales y de naranjas.[5]

Mediante el Real decreto-ley de la Presidencia del Consejo de Ministros de 3 de noviembre de 1928, se reestructuraron los departamentos ministeriales asumiendo el Ministerio de Fomento las competencias sobre transportes mecánicos por carretera que antes poseía el Ministerio de Gobernación,[6]​ cambiando la denominación a la de Dirección General de Ferrocarriles, Tranvías y Transportes por carretera y que en ocasiones también se llamó Dirección General de Ferrocarriles, Tranvías y Transportes mecánicos por carretera.

El año 1937 fue un gran año de expansión de esta dirección debido a la Guerra Civil. En este año se crearon nuevas jefaturas de planeamiento y construcción de ferrocarriles en todo el país y nuevos departamentos destinados a la construcción, conservación y empleos de contenedores, una herramienta de transporte de mercancías que por aquella época empezaba a crecer y que era especialmente beneficiosa para el transporte de material y suministros militares.[7]​ Además, sufrió una reforma profunda dividiéndose desde abril en cuatro secciones: concesión de ferrocarriles y construcción de nuevos; explotación de ferrocarriles; tráfico y transportes por carretera.[8]

En noviembre de 1939 se le concedió a la dirección general la potestad de sancionar a las compañías concesionarias de ferrocarriles.[9]

La dirección general mantendrá su estructura, salvo cambios de denominación de órganos internos hasta 1958, en la que sufre otra gran reforma, pasando a organizarse de la siguiente manera:[10]

Desde la creación de RENFE, la dirección general fue perdiendo su importancia y en marzo de 1963, el ministro de Obras Públicas Jorge Vigón modificó tanto su estructura como su denominación, que pasó a ser Dirección General de Transportes Terrestres. Esta dirección se estructuraba en un director y subdirector general, en unos servicios centrales integrados por la secretaría técnica, la división de Estudios y Proyectos, la división de Construcción, la división de Explotación, la sección de Contratación, Créditos y Asuntos Generales y las inspecciones generales; y unos servicios no centrales integrados por dos jefaturas de construcción, doce jefaturas regionales y treinta y nueve delegaciones provinciales de transporte y la junta de Estudios y Enlaces Ferroviarios. Asimismo, se adscribían a la dirección general la Explotación de Ferrocarriles por el Estado y el Parque Central de Automovilismo y Maquinaria [11]

Desde entonces, su denominación ha variado entre Dirección General de Transportes Terrestres, Dirección General del Transporte Terrestre y la actual Dirección General de Transporte Terrestre, con la excepción de las dos legislaturas de José María Aznar, cuando se denominó Dirección General de Ferrocarriles y Transportes por Carretera y Dirección General de Transportes por Carretera (esta última se mantuvo con José Luis Rodríguez Zapatero hasta 2009).

Además de las ya mencionadas, el Real Decreto 953/2018 le reconoce en particular las siguientes funciones:[1]

La ordenación general y regulación del sistema de transporte terrestre, que incluye la elaboración de los proyectos normativos mediante los que se establezcan las reglas básicas del mercado ferroviario y de transportes por carretera, así como el resto de las normas que resulten necesarias para el correcto desenvolvimiento de dichos mercados; la participación en la elaboración de normas de la Unión Europea y otras organizaciones internacionales y la elaboración de reglas de coordinación relativas al ejercicio de las competencias delegadas por el Estado en las comunidades autónomas en materia de servicios de transporte ferroviario y por carretera.

Es el órgano competente para el otorgamiento de autorizaciones y títulos habilitantes para la prestación de los servicios de transporte por carretera que resulten exigibles conforme a la legislación interna o de la Unión Europea, o los convenios internacionales suscritos por España; la propuesta de establecimiento de obligaciones de servicio público en la prestación de servicios de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera, así como, en su caso, la determinación de las correspondientes compensaciones, y la tramitación, adjudicación y en su caso, modificación, de los oportunos contratos de gestión de servicios públicos u otros instrumentos mediante los que se hubiese formalizado su contenido; la elaboración de estudios para el análisis de los servicios de transporte ferroviario y por carretera y la elaboración de planes de actuación administrativa sobre dichas materias, así como el apoyo y promoción del desarrollo del transporte intermodal y la inspección y el control del cumplimiento de las normas reguladoras de los servicios de transporte ferroviario y por carretera y de sus actividades auxiliares y complementarias. También, la incoación, instrucción y resolución de los expedientes sancionadores por incumplimiento de las normas reguladoras de los servicios de transporte ferroviario y por carretera y de sus actividades auxiliares y complementarias.

Asimismo coordina la inspección del transporte con los órganos y entidades encargadas de la vigilancia del transporte por ferrocarril y por carretera y se encarga de la elaboración de los planes anuales de actuación general de los servicios de inspección, en colaboración, en su caso, con las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla y la coordinación de la actividad inspectora y sancionadora en materia de transporte terrestre que ha sido delegada por el Estado en ellas.

En el ámbito económico, otorga ayudas para la mejora de los transportes ferroviarios y por carretera; realiza el control y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones de servicio público impuestas a servicios de transporte por ferrocarril o carretera, así como de los correspondientes contratos y de ejecución presupuestaria de las partidas previstas para su compensación y lleva a cabo la gestión y tramitación presupuestaria y de los gastos, sin perjuicio de las competencias de la Subsecretaría de Fomento u otros órganos superiores o directivos del Departamento y en coordinación con ellos.

Finalmente, se coordina con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que tienen encomendada la vigilancia del transporte por carretera; impulsa la implantación y aplicación de nuevas tecnologías en el transporte ferroviario y por carretera, en especial en relación con la implantación, mantenimiento y explotación de sistemas inteligentes de transporte, sin perjuicio de las competencias del Ministerio del Interior y en coordinación con la Dirección General de Carreteras y lleva a cabo todas aquellas funciones que la legislación sobre transporte atribuye al Ministerio de Fomento en relación con los servicios de transporte ferroviario prestados por RENFE Operadora o cualquier otra empresa ferroviaria.

De la Dirección General de Transporte Terrestre dependen:[1]

La Dirección General de Transporte Terrestre tiene un presupuesto asignado de 1 626 632 430 para el año 2021. De acuerdo con los Presupuestos Generales del Estado para 2021, la DGTT participa en dos programas:

(1) Director General de Ferrocarriles y Tranvías.
(2) Director General de Ferrocarriles, Tranvías y Transportes por carretera.
(3) Director General de Transportes Terrestres.
(4) Director General del Transporte Terrestre.
(5) Director General de Ferrocarriles y Transportes por Carretera.
(6) Director General de Transportes por Carretera.
(7) Director General de Transporte Terrestre.



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