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Elecciones de convencionales constituyentes de Chile de 2020



Las elecciones de convencionales constituyentes de Chile de 2021 se realizaron el 15 y 16 de mayo de 2021 para elegir a los integrantes de la Convención encargada de redactar una nueva Constitución Política de la República. Estos comicios se llevaron a cabo luego que la opción «Apruebo» triunfó en el plebiscito nacional de 2020,[5]​ y fueron convocados de manera oficial mediante decreto del 24 de noviembre.[6]

Estas elecciones se realizaron en la misma fecha que las elecciones municipales y de gobernadores regionales.[7]​ Originalmente estaban previstas para el domingo 25 de octubre de 2020, sin embargo fueron postergadas al 4 de abril debido a la pandemia de COVID-19,[2]​ sin embargo dicha fecha coincidía con las celebraciones de Semana Santa, por lo que fueron postergadas nuevamente en una semana, quedando fijadas para el 11 de abril.[8]​ Debido a la pandemia, el 11 de marzo fue aprobada la ley que determinó que la votación se realizaría en dos jornadas: el sábado 10 y domingo 11 de abril, convirtiéndose en la primera elección en Chile que se realizaría en más de un día.[9]​ Finalmente, las elecciones fueron nuevamente postergadas para el 15 y 16 de mayo, luego que se aprobara una reforma constitucional con dicho fin el 6 de abril.[10]

La redacción y propuesta de las reformas constitucionales necesarias para llevar a cabo la elección de los convencionales constituyentes fue desarrollada desde fines de noviembre hasta el 6 de diciembre de 2019 por una mesa técnica con 14 expertos designados por los partidos firmantes del "Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución". Dicha mesa estaba compuesta por los siguientes miembros, de acuerdo al partido o sector al que representaron:[11]

De acuerdo al proyecto presentado por la mesa técnica el 6 de diciembre de 2019, y ratificado mediante la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial el 24 de diciembre, en el caso de que triunfe la opción "Apruebo" en el plebiscito de octubre de 2020 y la opción ganadora en la segunda papeleta es la opción de la "Convención Constitucional" (con la totalidad de sus miembros elegidos para esta ocasión), en las elecciones de convencionales constituyentes de octubre se elegirán 155 miembros bajo las mismas reglas, distritos y cantidad de escaños que en las elecciones para la Cámara de Diputados. En el caso de que la opción triunfadora hubiese sido la de la "Convención Mixta Constitucional" (compuesta por parlamentarios en ejercicio y ciudadanos elegidos en octubre), y que resultó derrotada, esta iba a estar compuesta por 172 miembros: 86 parlamentarios elegidos por el Congreso Pleno, y 86 ciudadanos elegidos mediante las elecciones que se realizarían, con modificaciones en la cantidad de escaños asignados para cada distrito.

La distribución de escaños para cada distrito según cada opción propuesta para el plebiscito de octubre de 2020 era la siguiente, siendo aprobada la de la Convención Constitucional:[12]

Las modificaciones a la normativa electoral que regirá los comicios de convencionales constituyentes, antes de su aplazamiento por la pandemia de COVID-19, se podían realizar hasta el 25 de junio de 2020.[13]

El 8 de enero de 2020 el Servicio Electoral de Chile (Servel) determinó los límites máximos de gasto de campaña para las candidaturas de convencionales constituyentes, los cuales varían de acuerdo al distrito de manera proporcional a la cantidad de votantes.[14]

Para el caso de las candidaturas independientes la Ley N.º 21 216, promulgada el 20 de marzo de 2020, establece que dos o más candidatos independientes podrán formar un pacto electoral, ante lo cual cada uno de los candidatos debe reunir el número de firmas equivalente al 0,4 % de los votantes que participaron en la última elección parlamentaria en el distrito por donde compita; para el caso de las listas de independientes deben reunir el 1,6 % de firmas.[15]

Tras la aprobación de la Ley 21 216 surgieron críticas debido al umbral de firmas requerido, por lo cual se presentó una iniciativa para reducir las firmas al 0,2 % de los votantes en la última elección de diputados, y en el caso de las listas independientes se reduciría a 0,5 %. El proyecto fue aprobado por la Cámara de Diputados el 14 de octubre de 2020,[16]​ siendo despachado por el Senado el 3 de diciembre para su promulgación; se estableció un piso de 300 firmas para candidaturas individuales y de 500 para las listas de independientes.[17]

El 15 de diciembre de 2020 el Servicio Electoral de Chile (Servel) habilitó un sistema en su sitio web para recibir de manera virtual los patrocinios de ciudadanos para las candidaturas independientes.[18]

Hacia diciembre de 2019 continuaban en trámite la asignación de escaños reservados para pueblos originarios y el mecanismo para establecer la paridad de género en la composición de la convención constitucional. Respecto de este último caso, se barajaron tres opciones: una —presentada en el proyecto de ley discutido en el Congreso— consistente en listas abiertas y asignación alternada de hombres y mujeres en los escaños por cada distrito en base al método D'Hondt, otra consistente en listas cerradas con el mismo método, y la otra que consistiría en la presencia de dos papeletas para votar simultáneamente (cada votante debería marcar su preferencia en ambas: una para elegir convencionales hombres y otro para mujeres).[19][20]

La Ley 21 216, promulgada el 20 de marzo de 2020, establece el mecanismo de paridad de género:[21]

Para la aplicación de la paridad de género en los escaños elegidos para la Convención Constitucional, la Ley 21 216 establece lo siguiente:[21]

1. El sistema electoral para la Convención Constitucional se orientará a conseguir una representación equitativa de hombres y mujeres. Con este objetivo, en los distritos que repartan un número par de escaños, deben resultar electos igual número de hombres y mujeres, mientras que en los distritos que repartan un número impar de escaños, no podrá resultar una diferencia de escaños superior a uno, entre hombres y mujeres.

2. Se asignarán los escaños que correspondan preliminarmente aplicando el artículo 121 de la ley N.º 18 700, sobre Votaciones Populares y Escrutinios, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, según lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 141 de esta Constitución.

3. En caso de que la asignación preliminar se ajuste a lo señalado en el numeral 1, se proclamará Convencionales Constituyentes electos a dichas candidatas y candidatos.

4. Si en la asignación preliminar de Convencionales Constituyentes electos en un distrito resulta una proporción, entre los distintos sexos, distinta de la señalada en el numeral 1, no se aplicará lo dispuesto en el numeral 3) ni en la letra d) del número 4) del artículo 121 de la ley Nº 18.700, sobre Votaciones Populares y Escrutinios, y se procederá de la siguiente forma:

a) Se determinará la cantidad de hombres y mujeres que deban aumentar y disminuir, respectivamente, en el distrito, para obtener la distribución mínima indicada en el numeral 1.

b) Se ordenarán las candidaturas asignadas preliminarmente del sexo sobrerepresentado según su votación individual de menor a mayor.

c) Se proclamará Convencional Constituyente a la candidatura del sexo subrepresentado con mayor votación, a la que no se le haya asignado el escaño preliminarmente, del mismo partido político, en caso de lista de partido político único o pacto electoral, o a la candidatura con mayor votación del sexo subrepresentado, en caso de las listas constituidas entre candidaturas independientes, en lugar de la candidatura asignada preliminarmente de menor votación del sexo sobrerepresentado.

En caso de que no se pudiere mantener el escaño en el mismo partido, se proclamará Convencional Constituyente al candidato o candidata del sexo subrepresentado más votado de la misma lista o pacto, en lugar del candidato o candidata menos votado del sexo sobrerepresentado. Si de la aplicación de esta regla no se lograre el equilibrio de género, se realizará el mismo procedimiento, continuando con la candidatura del sexo sobrerepresentado siguiente en la nómina de la letra b), y así sucesivamente.

Para la elección de los escaños reservados de pueblos originarios, la Comisión Mixta del Senado aprobó el 7 de diciembre varias normas:[22][23]

El 10 de diciembre el acuerdo fue modificado por la Comisión Mixta, estableciendo que serían 17 escaños para pueblos originarios (se le quitaría uno al pueblo mapuche de los contemplados en días previos, quedando en 7 escaños) y uno para el pueblo tribal afrodescendiente, y que la totalidad de estos estaría incluido dentro de los 155 integrantes de la Convención, dando la facultad al Servel para definir qué distritos disminuirían sus escaños para dar cabida a los pueblos originarios, y estableciendo que ningún distrito puede quedar con menos de 3 escaños.[25]​ Dicho acuerdo fue aprobado por las 2 cámaras del Congreso Nacional el 15 de diciembre,[26][27]​ mientras que el escaño para afrodescendientes fue rechazado por falta de cuórum.[28]

La siguiente tabla muestra un resumen de los requisitos para presentar candidaturas de pueblos originarios, los escaños elegidos y la región de residencia que deben poseer los candidatos, de acuerdo a la Ley 21 298:[29]

El 26 de diciembre de 2020 el Servel informó los distritos que perderían un escaño a fin de dar cumplimiento a lo señalado en la Ley 21 298, que establece los escaños reservados para pueblos originarios dentro de los 155 que componen la Convención Constitucional. La decisión fue tomada en base a la mayor proporción de población indígena mayor de 18 años de cada distrito, según los datos del censo chileno de 2017, exceptuando los distritos que poseían 3 escaños (los cuales no se podían modificar) y sin poder rebajar más de un escaño por distrito. El resultado de dicho ejercicio fue el siguiente:[30]

La Convención Constitucional estará integrada por 155 ciudadanos electos especialmente para estos efectos. Para ello, se considerarán los distritos electorales establecidos en los artículos 187 y 188, y el sistema electoral descrito en el artículo 121 de la Ley 18 700. Los integrantes de la Convención Constitucional no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos en la Convención.

El 19 de diciembre de 2019 el diputado Miguel Mellado (RN) presentó una indicación para incluir en las listas de candidatos un mínimo de 5 % de representantes de la diversidad sexual y de género,[31]​ la cual fue rechazada con 64 votos a favor, 37 en contra y 40 abstenciones.[32]

El 28 de septiembre de 2020 fue presentado un proyecto de reforma constitucional para crear tres distritos electorales en el extranjero, a fin de permitir que los ciudadanos chilenos residentes fuera del país puedan elegir convencionales constituyentes. Los distritos propuestos son:[33]

La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el 1 de diciembre de 2020 dicho proyecto, siendo despachado a la sala de dicha cámara,[34]​ sin embargo fue rechazado el 3 de diciembre debido a la falta de cuórum, habiendo recibido 93 votos afirmativos.[17]

A raíz de las modificaciones legislativas para permitir la participación de candidaturas independientes, un grupo de ciudadanos liderados por el médico James Hamilton, la periodista María Olivia Mönckeberg y el músico Claudio Narea presentaron el 20 de enero de 2020 el «Partido por la Dignidad», agrupación de carácter instrumental que buscaba presentar en sus listas a candidaturas independientes para la Convención Constitucional.[35]​ El 29 de enero (9 días después del anuncio de formación del partido), producto de diferencias éticas con otros militantes del partido, James Hamilton y Claudio Narea deciden renunciar al partido. Ambos anunciaron la formación de un nuevo partido político llamado «Con Todos».[36]​ Las dos agrupaciones intentaron sin éxito inscribirse como partido político ante el Servicio Electoral de Chile (Servel),[37][38]​ siendo disueltas el 28 de septiembre y el 1 de octubre de 2020, respectivamente.[39][40]

Otra iniciativa de partido instrumental fue el «Movimiento Independientes del Norte», creado en febrero de 2020 y que buscaba presentar listas de independientes en las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo.[41]​ El 4 de marzo fue declarado como partido en formación,[42][43]​ sin embargo no logró reunir las firmas necesarias para constituirse en las regiones mencionadas y fue disuelto por el Servel el 27 de octubre de 2020.[44]​ No obstante, la agrupación decidió presentar candidaturas como lista de independientes en el distrito 3 (Región de Antofagasta).[45]

El 11 de agosto de 2020 se constituyó «Dignidad Ahora», agrupación conformada por los partidos Humanista e Igualdad, además de los movimientos Acción Popular de Valparaíso, Victoria Popular, Maule Piensa, Fuerza Cultural, Partido Pirata de Chile, Movimiento Democrático Popular y Poder Electoral Constituyente.[46]​ Se presentarían alrededor de 30 candidaturas de los primeros dos partidos, y 160 destinadas a representantes de organizaciones sociales.[47]

El 25 de agosto de 2020 un grupo de intelectuales y políticos independientes, encabezados por Benito Baranda y Agustín Squella, crearon el movimiento Independientes No Neutrales que busca presentar listas de candidatos para las elecciones a la Convención Constitucional.[48]

El 22 de noviembre de 2020 el Partido Comunista, la Federación Regionalista Verde Social y movimientos políticos como Acción Humanista, Izquierda Libertaria, Izquierda Cristiana, entre otros, presentaron el conglomerado Chile Digno, Verde y Soberano de cara a la elección, lanzando de paso precandidaturas.[49]​ El 22 de diciembre el Frente Amplio y Chile Digno formalizaron la creación de un bloque político conjunto de cara a las elecciones de gobernadores regionales, municipales y de convencionales constituyentes.[50]

Un grupo de artistas encabezado por el cineasta Silvio Caiozzi lanzó el 11 de diciembre de 2020 la lista de independientes denominada «Creadores de Arte y Cultura» (CREAC), que busca llevar candidaturas relacionadas con las disciplinas artísticas.[51]​ En el distrito 10 la lista sería encabezada por Caiozzi junto con la cantante Magdalena Matthey y el pintor Arturo Duclos, mientras que en el distrito 7 sus candidatos serán la cineasta Vivianne Barry, el productor de televisión Eduardo Tironi y la compositora Rosario Salas.[52]

Otras listas de independientes que buscan presentar candidaturas en diversos distritos son «La Lista del Pueblo», lanzada oficialmente el 13 de noviembre de 2020 y que contaba con 57 precandidaturas concentradas principalmente en la zona centro del país,[53]​ y «Territorio Constituyente», enfocado exclusivamente en el distrito 10 y que se presenta bajo el nombre de «Movimientos Sociales: Unidad de Independientes», presentando como cabezas de lista a Karina Nohales, de la Coordinadora Feminista 8M, y Luis Mesina, dirigente del movimiento No+AFP.[54][45]​ Otra lista conformada es la del partido Unión Patriótica bajo el nombre de «A Refundar Chile».[47]

El 7 de enero de 2021 fue inscrito el pacto «Ciudadanos Cristianos», conformado por el Partido Conservador Cristiano, Partido Nacional Ciudadano e independientes.[55][56]​ El mismo día los consejos generales de Renovación Nacional y Evolución Política acordaron sumar al Partido Republicano (PLR) a la lista de candidatos de Chile Vamos, agregando 13 postulantes de dicha colectividad; la UDI y el PRI ya habían acordado sumar al PLR a la lista en semanas anteriores.[57]

El 11 de enero —último día para presentar listas y candidaturas— se inscribió el pacto «Lista del Apruebo», conformada por los partidos de Unidad Constituyente más el Partido Liberal e independientes, quienes estaban en la plataforma Nuevo Trato;[58]​ también hizo lo mismo «Vamos por Chile», conformada por los partidos de Chile Vamos y el Partido Republicano,[59]​ y el pacto «Apruebo Dignidad», conformado por los partidos del Frente Amplio, además de los partidos Comunista, Federación Regionalista Verde Social, Igualdad y movimientos sociales.[60]​ Los partidos Humanista y Unión Patriótica inscribieron cada uno por separado sus listas de candidatos.[61]​ Ese día también el Partido de Trabajadores Revolucionarios inscribió la lista "A darlo vuelta todo. Trabajadoras y Trabajadores Revolucionarios".[62]

El 14 de enero se realizó el sorteo para asignar las letras que identificarán a cada lista en la cédula de votación. Al ocurrir las elecciones de convencionales constituyentes de manera simultánea con las de gobernadores regionales, alcaldes y concejales, el sorteo contempló al mismo tiempo todas las listas presentadas para los cuatro comicios. Al día siguiente se realizó un nuevo sorteo para incluir a aquellas listas que no fueron consideradas debido a errores administrativos del Servel. El resultado de los sorteos para el orden de las listas de convencionales constituyentes fue el siguiente:[63]

El 12 de enero de 2021, día siguiente de la fecha límite para presentar las candidaturas ante el Servicio Electoral de Chile (Servel), dicho organismo informó 3382 postulaciones para la Convención Constitucional, de las cuales 2213 correspondían a independientes y 199 a representantes de los pueblos originarios.[65]​ La lista definitiva con las candidaturas aceptadas y rechazadas fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile el 23 de enero; en un plazo de 5 días desde dicha fecha las candidaturas rechazadas pueden presentar reclamaciones ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), quienes dentro de diez días deben emitir su veredicto.[66]

Las cifras informadas por el Servel el 23 de enero de 2021 mencionan un total de 1463 candidaturas declaradas para convencionales constituyentes generales, de las cuales 1191 fueron aceptadas, 177 rechazadas y 95 declaradas inadmisibles; estas últimas corresponden a 15 de las 21 listas de candidaturas independientes presentadas por «Felices y Forrados», empresa de asesoría previsional y ante la cual fue presentada una denuncia en el Servel por parte de la ONG Chile Transparente dado que incumplía las normas de financiamiento de la política, exigiendo una membresía en su sitio web para poder ser inscrito como candidato en sus listas mediante la plataforma denominada «FyF Vota Feliz».[67]​ Para el caso de los escaños reservados para pueblos originarios, se declararon 194 candidaturas, siendo aceptadas 182 y rechazadas 12.[68]

La franja electoral de propaganda en televisión para las elecciones de convencionales constituyentes fue establecida mediante la ley 21 200 del 24 de diciembre de 2019, que señala que dichas elecciones se regirán por las mismas normas que para las elecciones de diputados; esto incluía también destinar 30 minutos diarios en televisión abierta para que las candidaturas presenten sus propuestas.[69]​ Dentro de los 30 minutos diarios asignados para las listas de partidos políticos, el 13% de ese tiempo (234 segundos, o 3 minutos y 54 segundos) estará destinado para presentar las candidaturas correspondientes a los escaños reservados para pueblos originarios.[70]

Debido al alto número de candidaturas independientes presentes mediante listas o como postulaciones individuales, por ley al conjunto de todas ellas les correspondía un tiempo equivalente al del partido menos votado en las últimas elecciones parlamentarias (realizadas en 2017): Todos, disuelto tras dicha elección; de acuerdo a cálculos del Consejo Nacional de Televisión de Chile (CNTV), aquello equivaldría a solamente algunas milésimas de segundo para repartirse entre todas las candidaturas independientes, lo que podría haber dejado a casi el 40% de los postulantes sin tiempo para aparecer en televisión.[71]

Como una forma de subsanar dicha situación, el 3 de marzo tanto la Cámara de Diputadas y Diputados como el Senado aprobaron una reforma constitucional que le otorga un tiempo adicional a las listas de candidaturas independientes e independientes fuera de pactos, externo a los 30 minutos diarios; cada candidato tendrá un segundo, los que se sumarán en el caso de quienes van agrupados en listas de independientes, y se permitió que se pueda ceder su tiempo a otra lista de candidatos independientes.[72]​ Al día siguiente el CNTV informó los tiempos correspondientes para cada candidatura, los que quedaron distribuidos de la siguiente forma:[73]

Resultados con el 99,91% de las mesas escrutadas.[75]

(Reg.)

(XIV)

(I)

(II)

(III)

(IV)

(V)

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(RM)

(RM)

(RM)

(RM)

(RM)

(RM)

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(VI)

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(VII)

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(XVI)

(VIII)

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(IX)

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(XV)

(X)

(X)

a Candidatura alternativa paritaria

b Resultados parciales



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