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Elecciones legislativas y municipales de El Salvador de 2021



Las elecciones legislativas y municipales de la República de El Salvador de 2021 se llevaron a cabo el 28 de febrero de 2021, son las décimas de su tipo desde la firma de los Acuerdos de Paz de 1992 y las decimoterceras desde la promulgación de la Constitución de la República de 1983; en ellas se eligieron a 84 diputados a la Asamblea Legislativa, institución constituyente del Órgano Legislativo, y a los miembros de los Concejos Municipales de los 262 municipios en los que se encuentra dividido el territorio nacional y que son conformantes del Gobierno Local.

La base del sistema electoral como establece la Constitución de la República de El Salvador de 1983 es la población (Art. 79), en esta también se establece el voto como libre, directo, igualitario y secreto (Art. 78) y que para la elección de diputados exige la aplicación de un sistema de representación proporcional (Art. 79).

El Código Electoral, emitido en 2013 es parte de la legislación secundaria y establece elementos como las circunscripciones electorales: 14 en el caso de elecciones a diputados y correspondientes a los catorce departamentos en que administrativamente se divide el territorio salvadoreño (Art. 13, Código Electoral), y 262 en el caso de elecciones de concejos municipales correspondientes a los municipios que conforman la República (Art. 10, Código Electoral); así como la distribución de diputaciones de conformidad a la población, integración del Tribunal Supremo Electoral y los Organismos Electorales Temporales, procedimientos de inscripción de candidatos a cargos de elección popular y todo lo relacionado al proceso eleccionario.

La Constitución establece la formación de una Asamblea Legislativa por ciudadanos en el ejercicio de sus derechos políticos, que cumplan los requisitos constitucionales y elegidos de conformidad a lo determinado por esta, desde la firma de los Acuerdos de Paz el número de diputados según establece la legislación secundaria es de 84 (junto a sus suplentes electos junto a ellos) distribuidos en 14 circunscripciones electorales en función de su población siendo el número mínimo de diputaciones por circunscripción igual a 3. Los diputados son elegidos para un período de tres años con posibilidad de reelección mediante sufragio universal directo, a través de listas de candidatos de cada partido político legalmente inscrito ante el TSE o mediante candidaturas no partidarias, empleando la modalidad de voto cruzado o fraccionado. Todo ciudadano mayor de 18 años en el pleno goce de sus derechos políticos puede ejercer el sufragio dentro de la circunscripción electoral en la que sea residente.

El mecanismo de voto cruzado o fraccionado consiste en las siguientes opciones para el ciudadano:

El voto en cualquiera de esas opciones siempre equivale a una unidad, siendo otorgada en su totalidad al partido político en los casos primero y segundo arriba expuestos, u otorgada en proporción al número de candidatos marcados de cada partido político y/o candidaturas independientes en el caso tercero. Marcar múltiples banderas políticas, o una bandera política cuando se han elegido candidatos de diversos partidos y/o candidaturas independientes, o superar el número de marcas (que dependen del número de diputados a elegir) según circunscripción conlleva la nulidad del voto.

Para la asignación de las diputaciones la Constitución establece que los partidos políticos son el instrumento de representación del pueblo dentro de las instituciones de gobierno (Art. 85), por lo que el primer criterio es la distribución de los escaños en cada circunscripción entre los partidos o coaliciones de partidos políticos con mayor cantidad de votos (suma de votos completos y fraccionados) según el principio de cocientes y residuos; luego de que estos ya se encuentran definidos, procede la designación de los ciudadanos de la lista electoral de cada partido político en función de la mayor cantidad de marcas obtenidas en las papeletas de votación.

La Constitución señala que para el Gobierno Local los departamentos se dividirán en municipios que estarán regidos por un concejo municipal conformado por un alcalde, un síndico y dos o más regidores en función de su población (Art. 202), estos miembros del concejo municipal deben ser mayores de 21 años y residir en dicho municipio o un municipio vecino, y ejercerán sus funciones por un período de tres años con posibilidad de reelección; desde las elecciones municipales de 2015 los concejos municipales son también plurales, es decir, el partido más votado en la circunscripción municipal obtiene los cargos de alcalde y síndico, mientras que los regidores son distribuidos entre los partidos de forma proporcional al número de votos obtenidos según modelo de cocientes y residuos, garantizando sin embargo que el partido o coalición mayoritaria posee mayoría simple (la mitad más uno) de los asientos en el concejo. Todo ciudadano mayor de 18 años en el pleno goce de sus derechos políticos puede ejercer el sufragio dentro de la circunscripción electoral en la que sea residente pero a diferencia de la elección de diputados, la única forma de elección de los concejos municipales es mediante el voto por bandera política, es decir, sin permitirse aún la participación en el proceso de elección de planillas de concejos municipales no partidarios.

La presidenta del Tribunal Supremo Electoral, Dora Esmeralda Martínez de Barahona, informó la fecha de las elecciones municipales y legislativas, las primeras que organizará este nuevo ente colegiado, serán el 28 de febrero de 2021.[5]

Dieciséis titulares no buscaron la reelección.[7]

La siguiente tabla enumera las estimaciones de intención de voto a nivel nacional. Las denegaciones generalmente se excluyen de los de voto del partido, mientras que la redacción de las preguntas y el tratamiento de las respuestas «no sé» y las que no tienen la intención de votar pueden variar entre las organizaciones de votación. Cuando están disponibles, las proyecciones de asientos se muestran debajo de los porcentajes en una fuente más pequeña. Se requieren 56 asientos para la mayoría absoluta en la Asamblea Legislativa.

El inicio oficial del período de campaña para las elecciones comenzó el 27 de diciembre de 2020, las encuestas presentadas en este período estarán en esta sección.

Encuestas realizadas antes del inicio oficial del período de campaña. Según la legislación salvadoreña el período de campaña empieza oficialmente el 27 de diciembre de 2020 para las elecciones legislativas.

Encuestas realizadas antes del inicio oficial del período de campaña. Según la legislación salvadoreña el período oficial de campaña empieza el 27 de enero de 2020 para las elecciones municipales.


Marcas por diputado electo

Marcas por diputado electo

Marcas por diputado electo

Marcas por diputado electo

Marcas por diputado electo

Marcas por diputado electo

Marcas por diputado electo

Marcas por diputado electo

Marcas por diputado electo

Marcas por diputado electo

Marcas por diputado electo

Marcas por diputado electo

Marcas por diputado electo

Marcas por diputado electo

El 30 de septiembre de 2020, el Tribunal Supremo Electoral reiteró que no habría voto desde el exterior para las elecciones de diputados y alcaldes el día de las elecciones. El voto en el exterior será aplicado hasta 2024.[32][33]

Ante ello, el presidente Nayib Bukele aseguró que eso no solo es desacato a la Sala de lo Constitucional sino una clara violación a los derechos humanos de casi un tercio de los salvadoreños que viven en el extranjero.

Sin embargo, la misma resolución de la Sala de lo Constitucional dejó abierta la posibilidad que a más tardar, el voto para los salvadoreños en el exterior fuera aplicado hasta 2024, si el Tribunal Supremo Electoral de El Salvador así lo creía más conveniente.[34]

En octubre de 2020, el Magistrado del Tribunal Supremo Electoral, Julio Olivo Granadino se declaró opositor al Gobierno de Nayib Bukele.[35][36]

A lo que el presidente de la República Nayib Bukele respondió con un llamado a separar al magistrado Julio Olivo del cargo. El magistrado Julio Olivo respondió al presidente, exhortándolo a que cuidara que sus ministros no se prevalecieran del cargo para hacer campaña adelantada.[37]

A través de sus redes sociales, el partido político Nuevas Ideas denuncio que la Junta Electoral (JED), del Tribunal Supremo Electoral (TSE), en Cabañas bloqueaba las inscripciones de sus candidatos para que puedan participar en las próximas elecciones.[38][39]

Según el partido político, no existe justificación alguna para no inscribir a los candidatos en Cabañas, ya que «han cumplido con todos los requisitos que establece la ley».

El partido denunció que los representantes de la JED en Cabañas, les había establecido un calendario de recepción de documentos, por lo que aseguraron que es ilegal y que nunca fueron notificados.

En ese sentido, expresaron que estas acciones se deben a maniobras de «los mismos de siempre», para impedir candidaturas de manera ilegal, por temor a los resultados de las próximas elecciones.

Sin embargo, el Tribunal Supremo Electoral de El Salvador inscribió a los candidatos de Nuevas Ideas en el Departamento de Cabañas, sin ningún problema. [40]

El Tribunal Supremo Electoral de El Salvador sancionó a candidatos de distintos partidos políticos por realizar campaña adelantada, ya que oficialmente y según la legislación salvadoreña, el período de campaña empieza el 27 de diciembre de 2020 para las elecciones legislativas, y el 27 de enero de 2021 para las elecciones municipales, terminando ambas tres días antes del día de las elecciones que es el 28 de febrero de 2021. [41][42]

Por esto mismo, el Tribunal Supremo Electoral de El Salvador ordenó sacar del aire y dar de baja anuncios publicitarios de los candidatos:



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