La Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT) es organización no gubernamental, sin fines de lucro, nuclea a parte de las organizaciones LGBT de Argentina. Fundada por cinco organizaciones en 2010, (La Fulana, Fundación Buenos Aires SIDA, NEXO, ATTTA y VOX Asociación Civil) durante el Encuentro LGBT de Rosario y reúne actualmente a más de 40, de todo el país. Miembro de ILGA desde 2006. Desde su fundación hasta 2010 fue presidida por María Rachid, actualmente la preside Marcela Romero.
Desde 2007 fueron presentados acciones de amparo en la Justicia, reclamando se declare la inconstitucionalidad de los artículos del Código Civil que impiden el ejercicio del derecho al matrimonio a las parejas formadas por personas del mismo sexo.
El primer amparo fue presentado por María Rachid, presidenta de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT), junto con su pareja Claudia Castro. La demanda fue elevada por recurso extraordinario a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quien se pronunciaría a favor del mismo, aunque no debió dictar fallo al aprobarse en el Congreso la reforma del Código Civil.
El 13 de noviembre de 2009, la jueza Gabriela Seijas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró inconstitucionales los artículos 172 y 188 del Código Civil, en cuanto limitaban el matrimonio a personas de distinto sexo, y permitió que los peticionantes Alex Freyre y José María Di Bello pudieran casarse.
La pareja obtuvo el turno para que se realice el matrimonio el día 1 de diciembre, de fuerte simbolismo ya que se trata del Día Mundial de la Lucha contra el Sida, en un Registro Civil del barrio porteño de Palermo. Pero en el mismo día la jueza del Juzgado Nacional en lo Civil Martha Gómez Alsina decide dar lugar a una apelación realizada por la Corporación de Abogados Católicos, suspendiendo el amparo. Ese día se presentaron los novios junto a manifestantes en el Registro Civil y se realizó una conferencia de prensa. Durante la jornada las autoridades del Registro Civil debatieron cuál de los dos fallos acatar y, junto con el Gobierno de la Ciudad, se definieron por suspender la boda.
Sin embargo, el 28 de diciembre de 2009 a las 16:30, el primer matrimonio civil entre personas del mismo sexo de Latinoamérica y el Caribe pudo ser realizado, en la ciudad de Ushuaia en Tierra del Fuego. La ceremonia entre Alex Freyre y José María Di Bello fue posible gracias al decreto 2996/09 emitido por la gobernadora de la provincia Fabiana Ríos, quien acató el fallo de inconstitucionalidad de los artículos 172 y 188 del Código Civil emitido por la Jueza Gabriela Seijas.
Los preparativos y acciones legales, así como la radicación de los contrayentes en la ciudad de Ushuaia se hizo con la mayor discreción posible para evitar que agrupaciones ultraconservadoras llevaran a cabo acciones legales para impedir la ceremonia.
Sectores conservadores como el representante de la Corporación de Abogados Católicos, Eduardo Sambrizzi, Monseñor Carlos Romanín (obispo de la ciudad de Río Gallegos), el abogado Pedro Andereggen opinaron que la ceremonia era nula.
El 22 de febrero de 2010 la jueza de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Elena Liberatori, hizo lugar a la demanda presentado por Damián Ariel Bernath y Jorge Esteban Salazar Capón, para que se lleve a cabo su matrimonio en el Registro Civil de dicha ciudad.
El cardenal Bergoglio del Arzobispado de Buenos Aires así como la Corporación de Abogados Católicos impulsaron la apelación del fallo, y María del Carmen Gioco, fiscal en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, anunció que apelaría la sentencia de la jueza Elena Liberatori. El recurso interpuesto por la fiscal fue rechazado por improcedente, por lo que finalmente el matrimonio se celebró el 3 de marzo de 2010, siendo el primer matrimonio entre personas del mismo sexo realizado en la Ciudad de Buenos Aires y segundo celebrado en Argentina.
El 9 de abril de 2010, se celebró el primer matrimonio lésbico de Argentina y tercer matrimonio entre personas del mismo sexo, entre Norma y Ramona, ambas de 67 años de edad quienes llevaban una relación de más de 30 años. La ceremonia se realizó en un Registro Civil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
El cuarto matrimonio habilitado judicialmente fue el de Carlos Álvarez y Martín Canevaro, el 15 de abril de 2010.
El quinto matrimonio fue entre un ciudadano francés, Gilles Grall y Alejandro Luna, el 30 de abril de 2010 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se celebraron por esta vía en total 9 matrimonios: el 6.º, entre Alberto Fernández y Matías Mendez, el 7.º, entre Verónica Dessio y Carolina Pérez, el primero en la Provincia de Buenos Aires, el 8.º, entre Diego de Jesús Arias y Leonardo Miguel De Santo, y el noveno entre Antonio Báez y Alejandro González, mientras se producía el debate de la ley.
La ley aprobadaCódigo Civil en su Libro I, Sección Segunda "De los derechos en las relaciones de familia", del Libro II, Sección Tercera, Título II, "De la sociedad conyugal" y de otras secciones del Código.
es una modificación de algunos artículos delEl cambio más importante se dio sobre el artículo 172, que definía al matrimonio entre "hombre y mujer". A partir de esta ley se reemplazó por "contrayentes" y se agregó: "El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos, con independencia de que los contrayentes sean del mismo o de diferente sexo."
Esto implica también la adopción, ya que el artículo 312, que reza "Nadie puede ser adoptado por más de una persona simultáneamente, salvo que los adoptantes sean cónyuges" no se modifica. En el artículo 326, que trata sobre el apellido de los hijos adoptivos, hace una aclaración para cuando se trata de padres de distinto o de mismo sexo.
También se modificaron artículos de la ley 26.413
sobre inscripción de nacimientos, y la 18.248 sobre los nombres y apellidos de las personas.La nueva ley fue promulgada por la presidenta argentina Cristina Fernández de Kirchner en un acto realizado en Casa Rosada, del que participaron representantes de las organizaciones LGBT.
Desde 2007 la FALGBT y ATTTA impulsan propuestas legislativas que garanticen a travestis, transexuales y transgéneros el derecho a la identidad y el derecho a la atención integral de la salud.Senado de la Nación Argentina aprobó la Ley de identidad de género argentina, una de las leyes más avanzadas del mundo en cuanto a libertades y derechos para el colectivo LGBT. La ley fue promulgada por el decreto N° 773/2012 del Poder Ejecutivo Nacional el 24 de mayo de 2012 y lleva el número 26.743.
El 8 de noviembre de 2011 las comisiones de Legislación General y de Justicia del Congreso de la Nación aprobaron el despacho de la ley para su posterior tratamiento en el recinto. El 1 de diciembre de 2011 la Cámara de Diputados de la Nación aprobó por 167 votos a favor, 17 en contra y 7 abstencionas el proyecto de ley de identidad de género. Finalmente y por 55 votos a favor y una abstención elCon casi idéntica estrategia con que la FALGTB logró la aprobación de la llamada "ley de matrimonio igualitario" se han impulsado ante los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires varios juicios de amparo con la finalidad de que se ordene la modificación registral de sexo y nombre a las personas trans. El primero de esos fallos le correspondió a la actriz y vedette transexual Florencia de la V, quien recibió su DNI con su nueva identidad de manos del Jefe de Gabinete de Ministros Aníbal Fernández y del Ministro del Interior Florencio Randazzo en la Casa de Gobierno.
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