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Ley Orgánica para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres



La Ley Orgánica para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres es un conjunto sistematizado y organizado de normas jurídicas, cuyo texto principal tiene por objetivo establecer políticas públicas de prevención y erradicación de la violencia contra la mujer en Ecuador. El proyecto inicial fue presentado por el presidente Lenín Moreno a la Asamblea Nacional de Ecuador el 24 de agosto de 2017,[1]​ y fue aprobado por unanimidad el 26 de noviembre de 2017.[2]

La violencia contra la mujer se vincula a la desigual distribución de poder, y relaciones de asimetría en la sociedad. Si todas son violaciones contra los derechos humanos, la mayor parte de acciones consiste en violencia hacia las mujeres. Las principales enmiendas a la legislación ecuatoriana se han realizado en lo concerniente a la violencia doméstica. (Rico, 1996)[3]​ Por ejemplo, un impedimento jurídico que existía en Ecuador, se encuentra en el Código de Procedimiento Penal, en el que se determinaba la prohibición de realizar denuncias entre cónyuges, ascendientes y descendientes familiares. Esto imposibilitaba denunciar la violencia intrafamiliar. (Camacho, 2014)[4]

Es a raíz de 1981 que el Estado ecuatoriano comenzó a intervenir con la ratificación de la Convención Sobre la Eliminación de todas Formas de Discriminación Contra las Mujeres (GEDAW), así la desnaturalización de la violencia contra la mujer comenzó a tomar impulso. En 1994 se creó la primera Comisaría de la Mujer y la Familia (CMF), un espacio para prevenir y sancionar la violencia intrafamiliar. Para 1995 la ley 103 Contra la Violencia de la Mujer y la Familia entró en vigor, ese mismo año Ecuador ratificó también la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer de Belém do Pará, además suscribió la Plataforma de acción de Beijing. (Camacho, 2014)[4]



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