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Ministerio del Interior y Policía (República Dominicana)



El Ministerio de Interior y Policía es una institución que tiene como objetivo principal velar por el mantenimiento de la seguridad pública en toda la República Dominicana y asesorar el régimen administrativo de las provincias y municipios. Además supervisar las actividades migratorias.

La misión legal del ministerio es garantizar la seguridad ciudadana y el ejercicio de los derechos de la población, promoviendo el orden público, a través de cultura de paz, y una política de integridad institucional que involucre la sociedad, para mantener los valores democráticos.[1]

Con la finalidad que el Gobierno de la naciente República contase con el apoyo administrativo, y para definir claramente las funciones de cada sector, mediante la Ley Núm. 38 del 1844, se crea el orden jerárquico ministerial con cuatro sectores: los de Justicia e Instrucción Pública, Interior y Policía, Hacienda y Comercio y Guerra y Marina; los cuales debían guardar en las ceremonias públicas el orden establecido con anterioridad. Estas disposiciones están dadas por la ley Núm. 38, del año 1844.

El actual Ministerio de Interior y Policía desde sus inicios, ha tenido diferentes denominaciones de acuerdo a las funciones que se le han asignado. En el 1854 fue denomina, por la Carta Magna, como Secretaría de Estado de Interior, Policía y Agricultura. Para 1927, mediante Ley Núm. 685 se le asigna el título de Secretaría de Estado de Interior y Policía, Guerra y Marina. En el 1938 se suprime la denominación de Guerra y Marina, mediante Ley Núm. 477. Para el año 1959 fue denominada, mediante Decreto Núm. 5137, como Secretaría de Estado de Interior y Comunicaciones. En ese mismo año cambia su denominación por el de Secretaría de Estado de Interior y Cultos, mediante Decreto Núm. 5406.

En el 1961 se le denomina Secretaría de Estado de Interior y Policía, luego de emitido el Decreto Núm. 7312, la Policía Nacional, pasada a ser dependencia de la antigua Secretaría de Interior y Cultos.

La Ley 575, de 1965, la denomina Secretaria de Estado de Interior ya que mediante Ley Núm. 574 se sujetaba la Policía Nacional al Régimen Orgánico de las Fuerzas Armadas. Ese mismo año, a partir de la vigencia de la Ley Núm. 22, que derogaba a su vez la Ley Núm. 575, se pasa la Policía Nacional bajo la dependencia de la Secretaría de Estado de Interior, y esta vuelve a denominarse Secretaría de Estado de Interior y Policía. También para este año, el Decreto Núm. 1 pone bajo la dirección de esta Secretaría a la Dirección General de Migración.

Mediante Ley Núm. 4378, del 10 de febrero de 1956, se describen las funciones que deben ser ejecutadas por la denominada Secretaría de Estado de Interior y Policía. En el 1965 se ponen bajo la dependencia de esta Secretaría la Dirección General de Migración y Policía Nacional. Desde el año 1950, mediante la Ley Núm. 2661, las Gobernaciones Provinciales fueron puestas bajo la Dirección de la Secretaría de Interior y Policía como forma de viabilizar la comunicación entre estas y el Ejecutivo. [2]



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