La obligación moral es la presión que ejerce la razón sobre la voluntad, enfrente de un valor. Por ello, está lejos de ser una presión originada en la autoridad, o en la sociedad, o en el inconsciente, o en el miedo al castigo. La obligación moral no es la obligación que se siente por la presión externa, ni mucho menos ese tipo de acción psíquica originada por el inconsciente.
Cuando una persona capta un valor con su inteligencia, se ve solicitada por dicho valor, y entonces la inteligencia propone a la voluntad la realización de tal valor. Pero la inteligencia presiona suavemente, sin suprimir el libre albedrío; simplemente ve una necesidad objetiva y como tal la propone a la voluntad para su realización. Se trata pues, de una exigencia propia de la razón, fundamentada en un valor objetivo, pero nacida en lo más íntimo y elevado de cada persona: su propia razón. Por lo tanto la obligación moral es autónoma y no incompatible con el libre albedrío.
La base de la obligación, tal como se explicó, es la razón frente a un valor. Por esto se dice que el fundamento próximo de obligación moral es el valor. Y no solo en el plano subjetivo, sino que también en el plano objetivo, ya que, la ley es la expresión de un valor originada en la razón. Esta misma ley la cualidad de producir en el sujeto, que se guía por su recta razón, el sentimiento de obligación. A esto se le llama obligatoriedad de la ley, propiedad típica y que se deduce a partir del valor expresado por ella. En otras palabras: la persona, con su razón, trasciende al plano de los hechos y percibe el valor de las leyes, con esto la misma se impone una obligación o exigencia de tipo racional, sin menospreciar al libre albedrío y su autonomía. Esta es la fundamentación inmediata de la obligación moral.
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