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Oficina Antifraude de Cataluña



La Oficina Antifraude de Cataluña (Oficina Antifrau de Catalunya, OAC) de la Generalidad de Cataluña es un ente que actúa con independencia del Gobierno de Cataluña y de las administraciones públicas, adscrito al Parlamento de Cataluña. Se creó en 2008 siendo pionero en España y nace como una de las herramientas para dar cobertura a la exigencia ciudadana de un incremento tangible en la probidad institucional[1]​ (ver Ley-preámb).[2][3]

La finalidad de la Oficina Antifraude es prevenir e investigar posibles casos concretos de uso o destino ilegales de fondos públicos o cualquiera otro aprovechamiento irregular derivado de conductas que comporten conflicto de intereses o el uso en beneficio privado de informaciones derivadas de las funciones propias del personal al servicio del sector público. Comprobará cualquier acto de corrupción, práctica fraudulenta o conducta ilegal que afecte a los intereses generales. La Oficina tiene un papel como canal de comunicación seguro para los reveladores y también como filtro para purgar revelaciones validables de alegaciones gratuitas (ver Ley-art.1).[2][3]

Al frente de la Oficina hay una directora o director, propuesto por el presidente de la Generalidad, en nombre del Gobierno, el cual tiene que comparecer ante la comisión parlamentaria correspondiente para ser evaluado a las condiciones requeridas para el cargo. Después de la comparecencia es elegido por el Pleno del Parlamento por mayoría de tres quintas partes. El mandato del director o directora de la Oficina Antifraude es de nueve años desde la fecha en qué es elegido por el Parlamento, y no puede ser renovado. El actual director es Miguel Ángel Gimeno Jubero, en el cargo desde el 26 de julio de 2016. Gimeno Jubero sustituyó a Daniel de Alfonso Laso, que fue escogido jefe de la Oficina Antifraude en 2011 después de la muerte, el mismo año, de David Martínez Madero, el primer director.[4][5]

Anualmente, este director o directora de la Oficina Antifraude tiene que dar cuenta de su gestión ante el Parlamento de Cataluña mediante una memoria que será pública (ver Ley-art.23).[2][3]



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