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Presidencia del Consejo de la Unión Europea



La Presidencia del Consejo de la Unión Europea[1]​ es una responsabilidad institucional y un órgano interno del Consejo de la Unión Europea. La presidencia es desempeñada con carácter rotatorio y en turnos preestablecidos por un Estado miembro. Para mejorar la eficacia, los Estados colaboran en ternas de Estados miembros, que se suele conocer bajo la denominación de trío de presidencias.[2]

No existe un único presidente del Consejo, cada formación estará presidida por un ministro distinto del mismo gobierno nacional. Es por tanto al Estado miembro, y no a una persona en concreto, a quien corresponde la responsabilidad de ejercer la presidencia. Es en principio el ministro-presidente del Consejo de Asuntos Generales (compuesto de ordinario por los ministros de asuntos exteriores de los Estados miembros) quien ejerce la representación global del Consejo como institución comunitaria. Solo el Consejo de Asuntos Exteriores, presidido con carácter permanente por el alto representante de la Unión, se sustrae al régimen general de la presidencia.

La presidencia, en ocasiones citada incorrectamente como presidencia de la UE, tiene como su responsabilidad primordial organizar y presidir todas las reuniones del Consejo de la Unión Europea. Sin embargo, la elaboración de compromisos capaces de resolver las dificultades en la práctica es también una responsabilidad primordial. El puesto de presidente del Consejo de la Unión Europea recae en cada reunión celebrada al ministro responsable del Gobierno del Estado miembro que ejerza la presidencia.

La Presidencia del Consejo de la Unión Europea está asistida por una Secretaría General del Consejo, dirigida por un secretario general (actualmente el diplomático danés Jeppe Tranholm-Mikkelsen).[3]

Desde la presidencia alemana de 2007 se puso en marcha un nuevo sistema de colaboración entre tres presidencias consecutivas para hacer frente al corto plazo de seis meses de la Presidencia.[4]​ La tarea principal que tiene este equipo es hacer un programa de trabajo que abarque las tres presidencias —es decir, tres semestres— y en el que se integre el programa concreto de cada una de ellas, con una agenda común. Se basa jurídicamente en el artículo 2.4 del Reglamento Interno del Consejo: «Cada 18 meses, las tres Presidencias que vayan a ejercer prepararán, en estrecha cooperación con la Comisión y una vez realizadas las consultas adecuadas, un proyecto de programa de actividades del Consejo para ese período». Además, el Acta Final del Tratado de Lisboa formalizó este procedimiento con unas nuevas reglas que entraron en vigor en 2010, al empezar sus funciones el trío formado por España, Bélgica y Hungría.

Independiente del Consejo de la Unión Europea existe también el Consejo Europeo, que se reúne en las conocidas como «cumbres europeas» o «reuniones en la cumbre», de carácter trimestral. La tarea del presidente del Consejo Europeo ya no es realizada por el jefe de Gobierno o jefe de Estado del Estado miembro que ejerza la presidencia. Desde la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, el presidente del Consejo Europeo se elige por mayoría cualificada por un período de dos años y medio, renovables una sola vez. Charles Michel es el presidente actual del Consejo Europeo desde el 1 de diciembre de 2019.[5]

El presidente es el responsable de preparar y presidir las reuniones y los trabajos del Consejo Europeo, promoviendo el consenso en su seno y procurando la adopción de acuerdos; ostenta asimismo la máxima representación de la Unión en las relaciones internacionales, en el marco de la Política Exterior y de Seguridad Común. El presidente no dispone de poderes ejecutivos directos. El Consejo Europeo es una institución enteramente distinta del Consejo de la Unión Europea.



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