x
1

Elecciones en Ecuador



La República del Ecuador elige una legislatura y un jefe de estado, que representarán las funciones legislativa y ejecutiva respectivamente. Las elecciones en Ecuador son organizadas por el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral.

Ecuador tiene un sistema pluripartidista con numerosos partidos políticos, los cuales no muy a menudo tienen la oportunidad de obtener el poder por sí mismos. Como consecuencia de esto, la mayoría de partidos trabajan con otros para formar coaliciones

También se eligen a las autoridades de los gobiernos autónomos descentralizados: Vocales de las Juntas Parroquiales Rurales, Alcaldes y Concejales Municipales y Metropolitanos, Prefectos y Viceprefectos Provinciales, Gobernadores y Consejeros Regionales. Todo ciudadano del Ecuador tiene derecho a votar libremente y de forma anónima, permitiéndosele así también su presencia durante el escrutinio y la observación del acta final (art. 34 de la Ley electoral n 59, 1986).

En los primeros tiempos de la República del Ecuador el sistema no reconocía el sufragio universal, al que solo tenían derecho las élites sociales y económicas, representadas por el varón que sabían leer y escribir, tenía una edad mínima de 25 años y, gozaba de una renta anual de doscientos pesos, provenientes de bienes raíces o de alguna profesión o industria útil. Para 1852 la edad cambia a los 21 años.

A su vez la forma de elección era mediante el voto indirecto e elecciones primarias que cambiaría para 1843 por el sufragio directo solo para los senadores. Las elecciones primarias se realizaban en asambleas parroquiales presididas por el Juez de dicha circunscripción, quien contaba con la asistencia del cura, excluido en 1835, y de tres vecinos honrados, designados por el mismo juez. Las personas escogidas por la asamblea eran las llamadas a elegir a los diputados de la provincia correspondiente, quienes a su vez designaban al presidente del país.

Para 1861, se estableció a los 21 años como edad mínima para el ejercicio del derecho al sufragio, para quienes no hubiesen contraído matrimonio y cualquier edad para quienes lo hubiesen hecho. A su vez se eliminaron las Asambleas Parroquiales, llegándose a establecer el sufragio directo al que se le dio el carácter de secreto. Desde 1869 desaparece el requisito relativo de renta surgiendo el de ser católico que desaparecería en 1884.

Con la Revolución liberal se ordena a cada municipalidad la creación del registro electoral a la vez que se buscó garantizar la forma secreta, directa, igual, libre y universal de las elecciones. Entre 1906 y 1945, las elecciones se realizaban de manera generalmente fraudulenta, por ello se estima al año 1946 como el inicio de la democracia en Ecuador. En 1929 la calidad de elector se extiende a las mujeres mayores de 21 años, que supiere leer y escribir, aunque en 1947 se establecía la obligatoriedad del voto solo para varones algo que terminaría en 1968 donde también se restableció la votación indirecta para elegir a senadores.

Con la Constitución de 1978 en la que se prevé el voto facultativo para personas analfabetas a su vez que se eliminan el Senado y la votación indirecta. Se regula además el proceso de consulta popular y la segunda vuelta electoral para la elección de Presidente y Vicepresidente de la República, quienes al igual que todas las demás autoridades de elección popular, no podían ser reelegidos. La edad mínima para poder sufragar quedó fijada en 18 años.[1]

Para la Función Ejecutiva son elegidos tanto el Presidente como el Vicepresidente en una única votación, por un período de cuatro años, por voto popular directo, utilizando un sistema de segunda vuelta electoral.

Desde 1979, el Presidente y Vicepresidente son elegidos en sufragio directo en una misma papeleta. Gana el candidato que haya obtenido más de la mitad de votos válidos, caso contrario, se recurre a un balotaje o segunda vuelta, entre los dos candidatos más votados. Desde 1998, también puede ganar un candidato que obtenga más del 40 % de votos, siempre que tenga una diferencia de al menos 10 % sobre el segundo candidato. Todos estos porcentajes se calculan sobre el total de votos válidos (es decir, sin contar votos nulos y en blanco).

Para la Función Legislativa son elegidos asambleístas que conformarán la Asamblea Nacional. De acuerdo al Artículo 118 la Constitución de Ecuador de 2008, se elegirán 15 asambleístas a nivel nacional, 2 asambleístas por cada provincia y uno más por cada 200 000 habitantes cuando aquella población supere los 150 000 habitantes. Aparte de aquellos, la ley decidirá la elección de otros asambleístas por regiones, distritos metropolitanos, y a nivel del exterior. Los asambleístas son elegidos para un período de cuatro años.



Escribe un comentario o lo que quieras sobre Elecciones en Ecuador (directo, no tienes que registrarte)


Comentarios
(de más nuevos a más antiguos)


Aún no hay comentarios, ¡deja el primero!