El mar territorial de la República Argentina es el sector del océano sobre el que ejerce soberanía de igual forma que en las aguas internas de su territorio. Se extiende hasta una distancia de 12 millas náuticas (22,2 km) contadas a partir de las líneas de base desde las que se mide su anchura, en consonancia con la Convención del Mar de 1982.
El mar territorial argentino quedó establecido por la ley n.° 23968 de Espacios Marítimos argentinos, sancionada el 14 de agosto de 1991 y promulgada el 10 de septiembre de ese año, que fija que:
En su artículo 1 excluye del mar territorial las aguas consideradas internas del Río de la Plata, el golfo San Matías, el golfo Nuevo y el golfo San Jorge:
Con respecto al Sector Antártico Argentino, sobre el cual la Argentina reclama derechos soberanos, el artículo N.° 1 indica que las líneas de base, y por ende el mar territorial, serán establecidas en el futuro por otra ley. La ley fijó también la extensión del mar territorial alrededor de las islas Malvinas, Georgias del Sur, rocas Clerke, islas Aurora y Sandwich del Sur. El Reino Unido, que las administra, ejerce la jurisdicción sobre el mar territorial en conflicto con Argentina (Cuestión de las islas Malvinas).
De acuerdo al Tratado de Paz y Amistad entre Argentina y Chile de 1984 para la zona desde el punto extremo oriental del canal Beagle hasta el punto más al este de la isla de los Estados, área que corresponde al mar de la Zona Austral, el mar territorial argentino se reduce a 3 millas marinas a los efectos de su relación jurídica con Chile, pero se mantiene en 12 millas en relación a los demás estados.
Para el territorio continental la ley fijó la extensión del mar territorial completamente desde el límite exterior del Río de la Plata hasta el límite con Chile en Lapataia sobre el canal Beagle.
En el siglo XVII Cornelius van Bynkershoek propuso en sus obras De Dominio Maris y Questiones Juris Publici que los estados ribereños adoptaran un mar territorial equivalente a la «distancia que alcanza un tirón de cañón que se dispare desde la costa». Esta propuesta fue adoptada por muchos países hasta la Conferencia de La Haya de 1930, en donde la Sociedad de Naciones sugirió que se adoptara un mar territorial de «3 millas marinas».
En las Convenciones de Ginebra de 1958 no se logró un consenso entre quienes pretendían 3, 6 y 12 millas marinas. Finalmente la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del mar aprobada el 30 de abril de 1982 y en vigor desde el 16 de noviembre de 1994, estableció un mar territorial de «12 millas marinas». Argentina ratificó la convención mediante la Ley N.° 24543 de aprobación de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar promulgada el 17 de octubre de 1995.
El mar territorial fue por primera vez determinado en Argentina por la promulgación de la Ley N° 340 (Código Civil) el 29 de septiembre de 1869, mediante el artículo 2340, inciso 1:
El 22 de abril de 1968 se sancionó la Ley N° 17711, que reformó el Código Civil modificando el artículo N° 2340:
Una nueva reforma fue realizada con la ley N.° 26994 sancionada el 1 de octubre de 2014:
El 29 de diciembre de 1966 fue promulgado el decreto Ley N° 17094 de extensión del mar argentino hasta 200 millas, sin utilizar la frase «mar territorial»:
La Ley N.° 18502 de la jurisdicción provincial del mar territorial argentino publicada el 7 de enero de 1970 estableció para las provincias marítimas argentinas un mar territorial de «3 millas marinas».
La Ley N° 24145 transfirió a las provincias la propiedad de los yacimientos de hidrocarburos existentes hasta las 12 millas marinas de la líneas de base:
La Ley Federal de Pesca N° 24922 sancionada el 9 de diciembre de 1997 derogó expresamente la ley N.° 18502 y estableció:
La Plataforma Continental de Argentina abarca un área aún mucho más extensa que la previamente definida para el Mar Territorial ya que se trata del lecho y subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá de su mar territorial hasta el límite definido por la presentación que ese país hizo el 21 de abril de 2009 ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de las Naciones Unidas y aceptada por esta última el 27 de marzo de 2016. De este modo, en total la plataforma continental que integra el territorio argentino suma 6 581 500 km².
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