El alcayde o alcaide era, desde la Edad Media, el gobernador o el máximo jefe militar y oficial jurisdiccional de un alcázar, castillo o fortaleza. Sus facultades eran de diferente orden y se extendían tanto a la jurisdicción civil como a la criminal, tanto al gobierno militar como al político.
Esta palabra compuesta del artículo al y del verbo Kad ó Akad que significa, según el Diccionario de Trevoux, gobernar, regir, administrar, ser gobernador, se refería en la antigüedad a la persona que tenía a su cargo la justicia y gobierno de una ciudad, y la guarda y defensa de algún castillo, alcázar, fortaleza, u otro sitio que requería una inspección o administración especial.
El vocablo Alcayde proviene de la lengua árabe y significaba «gobernador», entre la variedad de jefaturas árabe-musulmanas.
Durante la Edad Media, el rey, ya fuera cristiano o musulmán, designaba genéricamente a una serie de vasallos a quienes otorgaba y mandaba guardar sus tropas, órdenes y estrategias, junto con el gobierno y custodia en los emplazamientos de castillos o alcázares.
En la versión cristiana, en ausencia, representación, o empresa del rey o del vasallo noble, estos delegaban usualmente en este cargo la gestión de sus tropas ubicadas en las fortalezas, conforme a sus leyes y privilegios, en admisión de sus servicios militares como Alcaydes cuyo ámbito era la «Alcaidia».
Los castillos casi siempre estaban asociados a sus villas más próximas, y estas a sus aldeas (en ocasiones emplazados en lugares despoblados sin más habitantes que los residentes en el mismo castillo o por tropas itinerantes en acampada). Este castillo con Alcaidia, se articulaba en un «término» o jurisdicción con demarcación geográfica, política y militar, que podía ser simultáneamente constitutiva de un Señorío, ducado, marquesado, condado, e incluso infantado. Los alcaides podían alcanzar altos rangos a razón de la importancia de la plaza que defendían.
Toledo, cuyo primer Alcaide en la Alcaidia de Toledo fue Rodrigo Díaz de Vivar, seguido de, Álvar Fáñez, Gutiérrez Suárez (Goter Suario), Miguel Cidiz, Martín González, Rodrigo Álvarez, Gutierre Hermegildes, Rodrigo Gutiérrez Girón, Rodrigo Fernández de Castro, Nuño Alfonso y otros.
Los vasallos genéricos podían desempeñar más de un cargo a la vez. Por ejemplo, Andrés Cabrera era mayordomo mayor del Rey Enrique IV de Castilla y Alcaide de la fortaleza de Segovia, donde se custodiaba el tesoro real.
Alcaidia, era el destino o encargo que desempeñaban los alcaides, también expresa esta voz todo lo que en conjunto se refiere a los alcaides, como el territorio en que tenían jurisdicción y la creación y denominación legal que los comprende a todos (también llamada castellania). La práctica era más antigua, según declara el propio Alfonso X en la ley V, cuando el oficio y cargo de alcaide de fortaleza se regulaba en las leyes de partida.
Esta, como la mayor parte de las autoridades antiguas, se han trasmitido, conservando el nombre primitivo, pero con la alteración o modificación de atribuciones que se han hecho desde las diversas formas de gobierno o de administración en el trascurso de los tiempos.
Ha sucedido también que el nombre de alcaide ha sido aplicado a nuevos cargos que antes se desconocieron por la semejanza de facultades que a dichos cargos se atribuyeron, y las funciones que originariamente compelían a los que llevaban el mismo nombre. En España tuvo varias acepciones de esta naturaleza, por ejemplo, el «alcaide de Palacio», el «alcaide de la Alhambra», el alcaide del «Alcázar de Sevilla» y otros.
También existieron cargos o destinos que con igual nombre se hallaron admitidos y tuvieron facultades propias entre los empleados de la administración entre los que se contaban los «alcaides de aduanas» y los de las «cárceles», cuya denominación se extinguió en España en 1849.
Era un tipo de fortificación con origen histórico en la arquitectura táctica del Imperio romano usado para el acuartelamiento de tropas de frontera. Su función en el Imperio Romano era la propia de un sencillo baluarte fronterizo de defensa, amparo y pacificación territorial. También se denominaba así a las mismas tropas o milicias destinadas a guarnición para contener ataques a los fuertes y para cercar tropas enemigas. En Roma y ocasionalmente fueron tropas de baja calidad. El concepto de Presidio romano, fue incorporado con el nombre de Fortaleza a partir de la edad media y luego se llamó, en su ámbito, Fuerte español.
Genéricamente se incluían calabozos en el diseño de todas las fortalezas que solían recibir a otros nobles contrarios, traidores o presos por muy diversos motivos, como los rescates por «presa de guerra», y a los soldados enemigos cautivos, también susceptibles de «rescates» y ocasionalmente a los penados del «justicia» ordinario. En la edad media, el concepto de prisión tenía una dimensión económica notable.
Tanto la prisión común como los calabozos de castillo, estaban regidos por el Carcelero Mayor que en las leyes de partida se mencionaban como «carcelero mayor» o «guarda mayor o alcaide carcelero».
Sucedía con frecuencia que la propiedad de una prisión común recaía en ricos-hombres o nobles que podían costear los edificios y nombrar libremente a terceros «carceleros o alcaides». También podían arrendar este oficio para su gestión. El presidio común medieval tenía una función legal y una particularidad en la dimensión económica, el preso del común debía pagar una «tasa fija», durante la estancia, que era prenunciada o hecha pública, (derecho medieval de carcelaje).
La voz «alcaide», actualmente usada en el ámbito anglosajón como un préstamo léxico, se refiere al funcionario de prisiones que tiene a su cargo el gobierno de una cárcel o «carcelero mayor».
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