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Banco de la Nación (Perú)



El Banco de la Nación es el banco que representa al Estado Peruano en las transacciones comerciales en el sector público o privado, ya sea a nivel nacional o extranjero. Es una entidad integrante del Ministerio de Economía y Finanzas.

En 1905 se creó la Caja de Depósitos y Consignaciones, en el gobierno de José Pardo y Barreda. En marzo de 1927, el gobierno de Augusto Leguía le encargó (mediante Ley Nº 5746) la administración del Estanco del Tabaco y Opio, la recaudación de las rentas del país, los derechos e impuestos del alcohol, los impuestos de defensa nacional y otros. En diciembre de 1927 se le encargó la totalidad de rentas del Perú.

En 1963 se nacionalizó la Caja de Depósitos y Consignaciones y se le asignó las siguientes funciones:[2]

El banco fue creado por Ley del Congreso de la República en enero del año 1966, autógrafa que fue promulgada por el Gobierno de Fernando Belaúnde Terry (Ley Nº 16000). Se creó con el objetivo de proporcionar a todos los órganos del Sector Público Nacional los servicios bancarios que dichas entidades requieren para el cumplimiento de sus funciones.

Su sede original se ubicó en el distrito de Lima. También se utilizó el Complejo Administrativo del Sector Público Pesquero, antigua sede del Ministerio de Pesquería, en el distrito de San Borja.

Tras el incendio ocurrido durante la Marcha de los Cuatro Suyos en el 2000 la sede se trasladó al distrito de San Isidro. Desde 2015 tiene sede en la torre Banco de la Nación en el distrito de San Borja.

El banco está facultado para realizar las funciones que a continuación veremos, ninguna de las cuales será ejercida en exclusividad respecto de las empresas y entidades del sistema financiero:

2. El Banco centraliza la totalidad de los recursos y fondos que recauden las administraciones tributarias por concepto de todo tributo, incluyendo las comisiones que a éstas correspondan, en concordancia con lo establecido en el artículo 3.º del Decreto Ley N.º 25907.
3. Los recursos del Tesoro Público son depositados en el Banco Central en una Cuenta Principal. Con cargo al depósito en la cuenta mencionada, el Banco, por delegación del Tesoro Público y en coordinación con el Banco Central, opera las subcuentas que corresponden al manejo del Sistema Nacional de Tesorería. Para efectos operativos el Banco puede abrir en el Banco Central las Cuentas que sean necesarias. Asimismo, debe depositar en la Cuenta Principal en el Banco Central el excedente neto de las subcuentas del Tesoro Público.
4. Las facilidades financieras que otorga el Banco, no están sujetas a los límites que establece la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros. No obstante lo establecido en este párrafo, no releva a las partes del cumplimiento de las normas aplicables sobre endeudamiento.
5. El Banco puede administrar o invertir los recursos en moneda extranjera o los que, por delegación, reciba del Tesoro Público, conforme a los lineamientos de política que imparta el Titular del Sector.

El banco se encuentra ubicado en cada una de las provincias peruanas, haciendo un número total de 634 oficinas, de los cuales aproximadamente el 58 % se encuentra ubicadas en los distritos alejados del país donde no llega la banca privada.



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