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Legislación educativa



El Derecho Educativo es aquella disciplina jurídica y científica, de carácter especializado y autónomo, que tiene como objeto reconocer, estudiar y desarrollar integralmente el derecho fundamental a la educación, en su dimensión objetiva y subjetiva, buscando sistematizar, analizar y renovar el ordenamiento jurídico y las políticas públicas que regulan y garantizan los derechos, deberes y libertades de la familia, la sociedad y el Estado en el proceso educativo de los ciudadanos a partir de sus presupuestos antropológicos. [1][1]

Otros autores consideran que el derecho educativo es una rama del derecho público, que abarca una amplia temática jurídica, que va desde la ratificación del fundamental derecho a la educación, hasta la regulación del Sistema Educativo Nacional y sus componentes .

El derecho educativo ratifica a la educación como derecho fundamental (promulgado por la ONU), y además regula el Sistema Educativo Nacional, cuyos actores principales son: las autoridades educativas nacionales, las autoridades educativas locales, los docentes, los estudiantes y la comunidad en general que se beneficia del mismo.

El derecho educativo tiene como marco legal lo establecido tanto en la Constitución, como en la Ley de Educación promulgada por el Estado. Esta Ley es un conjunto de normas y principios de orden jurídico que regulan el fenómeno educativo, su estructura, su entorno, sus actores y su inserción en la sociedad para el desarrollo de la comunidad.

Es uno de los derechos humanos reconocido en el Art. 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y ratificado en los Art. 13 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Ambos contenidos dentro de la Carta Internacional de Derechos Humanos.

Art. 26:

Art. 13:

Art. 14:

Es el conjunto de elementos integrados que interactúan entre sí y que son interdependientes. Estos elementos que componen el sistema educativo son: los actores sociales, las leyes y los organismos públicos que posibilitan el ejercicio y el derecho a la educación, y que a su vez definen y regulan las instituciones educativas.

Además, lo integran los servicios educativos brindados, tanto por la gestión estatal como por la gestión privada de todas las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos tipos, niveles y modalidades de la oferta educativa.

El Sistema Educativo Nacional normalmente comprende cuatro niveles:

Los dos últimos niveles suelen ser ofertados en tres modalidades:

Las leyes internacionales no se manifiestan al respecto de la educación preescolar, y por lo general los documentos legales omiten este ítem. Es por esta razón, que este nivel educativo no es considerado obligatorio dentro del ámbito de la legislación educativa aun así hay países que consideran la educación preescolar como un requisito obligatorio para el ingreso al nivel educativo de primaria.

Por otra parte, aunque el nivel de educación superior forme parte del Sistema Educativo Nacional, por lo general, se rige por su propia normativa (Ley de Educación Superior), y en muchos países está regulado por un organismo público independiente.



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