Como lo consagra la Constitución Política de 1980, Chile es un país unitario, con un territorio dividido en regiones. La soberanía radica esencialmente en la nación, quien la ejerce a través de la elección de sus representantes por medio del sufragio o tomando decisiones particulares a través del plebiscito (plebiscito se le dice en griego a la petición de algo a través de la plebe)
El sistema político chileno es la república democrática. Pese a existir una división clásica de los poderes, los politólogos concuerdan en que la Constitución de 1980 define otros poderes o funciones, como las del Tribunal Constitucional, el Banco Central, el Consejo de Seguridad Nacional y otros órganos.
La forma de gobierno es la República presidencial, lo que básicamente se traduce en que el presidente de la República es a la vez jefe de Estado y jefe de Gobierno. Consecuentemente, en esta autoridad se han concentrado amplias facultades, entre las que se cuentan: la iniciativa exclusiva en diversas materias de ley, la imposición de estados de excepción constitucional, la posibilidad de dictar Decretos con Fuerza de Ley (previa ley delegatoria de facultades por parte del Congreso), la convocación a plebiscitos y, naturalmente, el nombramiento de los ministros de Estado, y un cuerpo importante de funcionarios que colaboran con él en la administración del Estado, entre otras.
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