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Vicepresidente del Uruguay



El Vicepresidente de la República Oriental del Uruguay es quien ejerce el cargo de presidente de la República en caso de ausencia de este. Ejerce, mientras el presidente se encuentre en sus funciones, la Presidencia de la Cámara de Senadores y de la Asamblea General.

Presidente y vicepresidente son electos por elección popular directa. Se eligen en una misma candidatura presentada por el respectivo partido. En caso de que ninguna candidatura obtenga la mayoría absoluta de los votos, se procede a una segunda vuelta entre las dos primeras mayorías. En dicha votación resulta ganadora la candidatura que obtenga la mayoría absoluta de los votos. Actualmente, Beatriz Argimón es quien ocupa la vicepresidencia de Uruguay.

El cargo de vicepresidente de la República fue instaurado en la Constitución de 1934, ratificada mediante plebiscito el 19 de abril de ese año. Anteriormente, en caso de vacancia del presidente de la República, asumía el presidente del Senado.

El texto establecía: El Presidente y el Vicepresidente de la República serán elegidos conjunta y directamente por el pueblo, a mayoría simple de votantes, mediante el sistema del doble voto simultáneo y sin que en ningún caso pueda efectuarse la acumulación por sub-lemas. No obstante, una disposición transitoria establecía que para el período comprendido entre 1934 y 1938 serían presidente y vicepresidente de la República los ciudadanos elegidos por la III Convención Nacional Constituyente, lo que le permitió al por ese entonces dictador, Gabriel Terra, mantenerse en el poder por cuatro años más, aunque de no de manera inconstitucional. De esa forma, el primer vicepresidente que tuvo la República, Alfredo Navarro, fue elegido mediante ese procedimiento.

Tras la salida de Terra del poder y la llegada de Alfredo Baldomir, un nuevo texto constitucional fue redactado y aprobado por la ciudadanía el 29 de noviembre de 1942, el mismo día en que se realizaron las elecciones nacionales para elegir al presidente y vicepresidente de la República. Esta nueva constitución mantenía el cargo de vicepresidente sin modificaciones.

La Constitución de 1952 establecía un sistema ejecutivo colegiado, el Consejo Nacional de Gobierno, el cual estaba integrado por nueve consejeros electos en forma directa por cuatro años, sin reelección inmediata. Al lema más votado le correspondían seis consejeros y tres al que le seguía. El presidente del Consejo se designaba rotativamente en forma anual entre los miembros del lema más votado y por orden de ubicación en la lista en forma decreciente. De esta manera se eliminaba nuevamente la figura del vicepresidente de la República.

En 1967 se aprobó un nuevo texto constitucional, plebiscitado el 27 de noviembre de 1966. Este eliminó el Consejo Nacional de Gobierno y retomó el sistema presidencial, manteniendo también la figura del vicepresidente. Este texto (con algunas modificaciones) es el que sigue vigente en Uruguay hasta la actualidad.

Durante la dictadura de 1973-1985 no hubo vicepresidente.

Es de destacar que, toda vez que el vicepresidente asume transitoriamente la Presidencia de la República por ausencia o incapacidad del titular, la Vicepresidencia es transitoriamente ocupada por aquel senador de la lista más votada del mismo partido al que pertenecen el presidente y el vicepresidente que le siga en orden de titularidad, y así sucesivamente. Por eso se ha visto desfilar por la Presidencia de la Asamblea General a numerosos senadores: Walter Santoro, Luis Bernardo Pozzolo, Eleuterio Fernández Huidobro, Lucía Topolansky, etc.

no podía asumir la vicepresidencia debido a que había ejercido como Presidente en el período anterior.

La oficina y sede de vicepresidencia se encuentra en el Palacio Legislativo.



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