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Autorización para la conducción de vehículos



Una autorización para la conducción de vehículos (licencia de conducción y carné o permiso de conducción, en España; registro, en Argentina; permiso o licencia (de manejo) o licencia para conducir, en algunos países de Hispanoamérica; brevete, en Perú) es un documento que acredita una autorización administrativa a su poseedor para la conducción de vehículos por la vía pública.

Para conducir vehículos de motor, ciclomotores o vehículos para personas de movilidad reducida, se exige haber superado favorablemente las pruebas de aptitud, habiendo así obtenido el permiso o la licencia de conducción.[1]

La licencia y/o el permiso de conducción deben llevarse siempre consigo al conducir los vehículos afectados, y también deberá exhibirse ante los agentes de la autoridad que lo soliciten.[1]

En los países de la Unión Europea, así como en Ecuador, la licencia es basada sobre un sistema de permiso por puntos.

Hasta el año 2008, en la Argentina el permiso de conducir no tenía una uniformidad en todo el país, y dependía de cada municipio el tipo de permiso y su procedimiento de obtención.

En 2009 se creó el Registro Nacional de Antecedentes en el Tránsito, luego de que todas las provincias del país aprobaran el Código Unificado de Infracciones.

En 2010, el Ministerio del Interior, a cargo de Florencio Randazzo, implementó la nueva Licencia Nacional de Conducir, la cual fue renovada con más medidas de seguridad en 2013. Recientemente, el 6 de marzo de 2017, el gobierno nacional y el ministerio de Transporte, a cargo de Guillermo Dietrich anunció la tercera versión de la licencia Nacional de Conducir, que sería bilingüe y podría ser utilizada en los países que se hayan unido al tratado de la convención de Ginebra.[2]

Las categorías de la nueva licencia nacional de conducir son:

CLASE A: Para ciclomotores, motocicletas y triciclos motorizados.

A.2.1: Motocicletas (incluidos ciclomotores y triciclos de hasta 150 cm³ de cilindrada). Es requisito tener 18 años.

A.2.2: Motocicletas de más de 150 cm³ y hasta 300 cm³ de cilindrada. Previamente se debe haber tenido habilitación por 2 años para una motocicleta de menor potencia, que no sea ciclomotor, excepto para mayores de 21 años.

A.3: Motocicletas de más de 300 cm³ de cilindrada. Previamente se debe haber tenido habilitación por 2 años para una motocicleta de menor potencia, que no sea ciclomotor, excepto para mayores de 21 años. Incluye los cuatriciclos como motocicleta según cilindrada.[3]

Según la Agencia Nacional de Seguridad Vial la clase A.4 Motocicletas (incluidos ciclomotores y triciclos) de cualquier cilindrada utilizados para el transporte comercial e industrial.

Según el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Clases y Sub clases

CLASE B: Para automóviles y camionetas con acoplado de hasta 750 kg. de peso o casa rodante.

B.1:Automóviles, camionetas y casas rodantes motorizadas hasta 3500 kg. de peso total.

B.2: Automóviles y camionetas hasta 3500 kg. de peso con un acoplado de hasta 750 kg. o casa rodante no motorizada.

CLASE C: Para camionetas sin acoplado y los comprendidos en la CLASE B. C: Camiones sin acoplado ni semiacoplado y casas rodantes motorizadas de más de 3500 kg. de peso y los automotores comprendidos en la CLASE B.1.

CLASE D: Para los destinados al servicio del transporte de pasajeros, emergencia, seguridad y los de CLASE B o C, según el caso.

D.1: Automotores del servicio de transporte de pasajero de hasta 8 plazas y los comprendidos en la CLASES B.1.

D.2: Vehículos del servicio del transporte de más de 8 pasajeros y los de las CLASES B, C y D.1.

CLASE E: Para camiones articulados o con acoplado, maquinaria especial no agrícola y los comprendidos en la CLASE B y C.

E.1: Camiones articulados y/o con acoplado y los vehículos comprendidos en las clases B y C.

E.2: Maquinaria especial no agrícola.

CLASE F: Para automotores especialmente adaptados para discapacitados.

F: Automotores incluidos en las clases B y profesionales, según el caso, con la descripción de la adaptación que corresponda a la discapacidad de su titular. Los conductores que aspiren a obtener esta licencia, deberán concurrir con el vehículo que posea las adaptaciones y/o equipamiento especial necesario y compatible con su discapacidad.

CLASE G: Para tractores agrícolas y maquinaria especial agrícola. La edad del titular, la diferencia de tamaño del automotor o el aditamento de remolque determina la subdivisión reglamentaria de las distintas clases de licencias.

G.1: Tractores agrícolas

G.2: Maquinaria especial agrícola.

En Canadá, las distintas provincias y territorios ostentan la responsabilidad sobre las licencias de conducir. Cada provincia y territorio tiene sus propias leyes sobre licencias, pero existen ciertas sanciones encuadradas dentro del Código penal de Canadá para determinadas infracciones del código de circulación (por ejemplo, conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, homicidio por vehículo).

En Chile, la licencia de conducir tiene generalmente una duración de seis años. Existen tres grandes clasificaciones:

Profesionales

Personales

Especiales

Las licencias profesionales habilitan para conducir vehículos particulares clase B.[4]

En España, el permiso de conducción y la licencia de conducción, son documentos distintos y es frecuente su confusión entre ellos. Además existe el permiso de circulación, que es un documento aplicado al vehículo y no al conductor.

Cualquier conductor deberá estar en posesión del documento y llevarlo consigo cuando conduzca, aunque también es válido llevar una fotocopia del original debidamente compulsada o el Documento Nacional de Identidad, y es obligatorio exhibirlo ante la autoridad o sus agentes cuando así lo soliciten.

Si el permiso o licencia de conducción ha sido expedido en España, este tendrá validez para toda la Unión Europea. Si se ha obtenido el permiso en otro país ajeno a la Unión Europea, se deberá canjear según su caso en su correspondiente Jefatura de Tráfico.

Todo permiso o licencia de conducción tiene una fecha de validez máxima, llegada la cual el conductor deberá renovarla y realizar un examen psicotécnico (similar al que realizó cuando lo obtuvo por primera vez), del que dependerá la renovación del mismo, ya que evalúa si el conductor continúa estando capacitado físicamente para poder conducir.

La posesión de un Permiso de Conducción (también llamado coloquialmente carné de conducir), acredita al titular para poder conducir la mayor parte de vehículos. El permiso está homologado con todos los de la Unión Europea, al poseer todos ellos características comunes. Poseer un permiso de conducción anulará cualquier licencia de conducción, ya que este permite el manejo de los vehículos que acredita dicha licencia.

Los permisos AM, A1, A2, A, y B tendrán que renovarse cada diez años hasta cumplir los 65, y a partir de esa edad cada cinco años. El resto deberán renovarse cada cinco años hasta cumplir los 65, y a partir de esa edad cada tres años.[5]

El permiso de conducción se subdivide en clases. La clase regula el tipo de vehículo que autoriza a conducir:

Autoriza para conducir:

La edad mínima para obtenerlo es de 15 años cumplidos.

Habilita la conducción por la vía pública de:

También se pueden conducir este tipo de vehículos si se tiene una antigüedad de 3 años en el permiso B, aunque en ese caso sólo se podrá circular dentro de territorio español.

Edad mínima para obtenerlo es de 16 años. La concesión de este permiso implica la obtención también del permiso AM.

Para obtenerlo, la ley exige aprobar 2 exámenes:

Habilita la conducción por la vía pública de:

Edad mínima para obtenerlo es de 18 años. La concesión de este permiso implica la obtención también del permiso A1.

Para obtener esta clase, la ley exige aprobar 2 exámenes:

Requiere haber estado en posesión del Permiso A2 durante un mínimo de 2 años.[6]

Habilita la conducción por la vía pública de:

Edad mínima para obtenerlo es de 20 años. La concesión de este permiso implica la obtención también del permiso A2.

Para obtener esta clase, la ley exige aprobar 2 exámenes:

Las prácticas se deberán realizar con motos con motores no inferiores a 600cc y de potencia no inferior a 40 kW.

Habilita la conducción por la vía pública de:

La posesión de una licencia de conducción acredita al titular, durante su periodo de vigencia, para poder conducir los siguientes tipos de vehículos:

Las licencias de conducción tendrán que renovarse cada diez años hasta cumplir los 65. A esta edad el conductor deberá presentarse a la renovación a partir de esa edad cada cinco años. La licencia de conducción, cualquiera que sea su clase, perderá su validez cuando su titular obtenga el permiso de clase B.[1]​ La licencia deberá ser entregada por su titular en la Jefatura de Tráfico, que expedirá el permiso en el momento de la entrega de la misma.[1]

La responsabilidad de las infracciones recaerá directamente sobre el autor del hecho, excepto en el supuesto de los pasajeros de los vehículos que estén obligados a llevar casco de protección, en la que la responsabilidad recaerá sobre el conductor.[1]​ Asimismo, el conductor del vehículo será responsable por la no utilización de los sistemas de retención infantil, salvo los conductores del taxi.[1]

Cuando la autoría de los hechos cometidos corresponde a un menor de 18 años, responderá solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales de hecho, por ese orden.[1]​ La responsabilidad solidaria quedará referida estrictamente a la pecuniaria derivada de la multa impuesta.[1]

En Guatemala la Licencia de Conducir es el documento legal para poder conducir cualquier tipo de vehículo.

Cualquier conductor deberá tener en posesión del documento y llevarlo consigo cuando conduzca, y está obligado a exhibirlo ante la autoridad o sus agentes cuando así lo soliciten.

Aunque en Guatemala La Licencia de Conducir la emite el Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil, son las Policías Municipales de Tránsito las que emiten sanciones de Tránsito. Antiguamente la Policía Nacional Civil era la encargada de emitir las sanciones correspondientes a asuntos de tránsito, pero aproximadamente desde 1997, con la creación de la nueva Ley y Reglamento de Tránsito, y la creación de Policías Municipales de Tránsito, cada municipio que pueda su propia Policía de Tránsito según la ley está facultado para imponer sanciones de tránsito.

En Guatemala existen varios tipos de licencia: Motocicleta, Profesional, Liviana y Especial:

En El Salvador, es Sertracen (Servicios de Tránsito Centroamericanos S.A. de C.V.), parte del viceministerio de Transporte en el país, quien otorga las licencias.[7]

Se necesita un mínimo de 15 años para obtener una licencia juvenil. Para licencias livianas, pesadas, etc., se necesitan 18 años de edad.

Para obtener una licencia por primera vez, se necesita un examen de aptitud visual, uno de práctica y uno teórico, los cuales a su vez son otorgados por escuelas acreditadas de manejo en el país.

En el Reino Unido, hay dos agencias que tienen responsabilidad sobre las licencias de conducir:



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