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Encomiendas



La encomienda era un sistema laboral español que recompensaba a los conquistadores con el trabajo de determinados grupos de personas no cristianas conquistadas. Los trabajadores, en teoría, recibían beneficios de los conquistadores para los que trabajaban, siendo la religión católica uno de los principales beneficios. La encomienda se estableció por primera vez en España tras la conquista cristiana de los territorios moriscos (proceso conocido por los cristianos como la Reconquista), y se aplicó a una escala mucho mayor durante la colonización española de las Américas y las Filipinas españolas. Los pueblos conquistados eran considerados vasallos de la monarquía española. La Corona otorgaba una encomienda como un derecho otorgado a un individuo concreto. Para el siglo XVI, este sistema se consideraban un monopolio del trabajo de determinados grupos de indígenas, mantenido a perpetuidad por el titular llamado encomendero y sus descendientes.[1]

Las encomiendas evolucionaron desde su forma original ibérica hacia una forma de esclavitud "comunal". En la encomienda, la Corona española concedía a una persona un número determinado de indígenas de una comunidad específica, pero no dictaba qué individuos de la comunidad debían proporcionar su mano de obra. Los líderes indígenas eran los encargados de movilizar el tributo y la mano de obra asignada. A su vez, los encomenderos debían asegurarse de que los nativos de la encomienda recibieran instrucción en la fe cristiana y en la lengua española, protegerlos de las tribus beligerantes o de los piratas; además debían reprimir la rebelión contra los españoles y mantener las infraestructuras. A cambio, los nativos proporcionaban tributos en forma de metales, maíz, trigo, carne de cerdo u otros productos agrícolas.

Con la destitución de Cristóbal Colón en 1500, la Corona española lo sustituyó por Francisco de Bobadilla.[2]​ A Bobadilla le sucedió un gobernador real, Fray Nicolás de Ovando, que estableció el sistema formal de encomiendas.[3]​ En muchos casos, los nativos eran obligados a realizar trabajos forzados y sometidos a castigos extremos y a la muerte si se resistían.[4]​ Sin embargo, la reina Isabel I de Castilla prohibió la esclavitud de la población nativa y consideró a los indígenas "vasallos libres de la corona".[5]​ Diversas versiones de las Leyes de Indias a partir de 1512 intentaron regular las interacciones entre los colonos y los nativos. Tanto los nativos como los españoles acudían a las Reales Audiencias para solicitar ayuda en el marco del sistema de encomiendas.

Las encomiendas se habían caracterizado a menudo por el desplazamiento geográfico de los esclavizados y la ruptura de las comunidades y unidades familiares, pero en México, la encomienda gobernaba a los vasallos libres de la corona a través de las jerarquías comunitarias existentes, y los indígenas permanecían en sus asentamientos con sus familias.[6]

En Castilla y Aragón durante la Edad Media, se trataba de territorios, inmuebles, rentas o beneficios pertenecientes a una orden militar a cuyo frente se encontraba un caballero de hábito, denominado comendador nombrado por el maestre de alguna de las muchas órdenes de caballería o religiosas que existieron desde principios de la Edad Media española. La guerras contra los musulmanes, también llamados moros, en la Peninsula Ibérica hizo que estas órdenes se constituyeran en verdaderas circunscripciones a mediano y largo plazo. Durante la etapa de reconquista del territorio español, la encomienda tuvo un papel muy relevante pues muchos de los guerreros cristianos precisaban de un sistema social de organización con el que gestionar y repoblar los territorios que lograban tras sus victorias.[7]​. Cabe notar que en 1492 fue el año que fueron finalmente expulsados judíos y musulmanes de la actual España, y en el mismo año Colón llegó a América, con lo cual una evolución de la misma estructural legal fue implantada en las Américas.

Se dice también encomienda a la donación de una entidad eclesiástica vacante a una persona eclesiástica a la que se denominaba comendador, que debía cuidar de la misma hasta que se cubriera oficialmente el puesto.

Cuando Colón llegó a La Española descubrió yacimientos auríferos. Para su extracción creó un impuesto a la población nativa, según el cual todo indígena mayor de 14 años debía entregarle cada tres meses un cascabel de Flandes lleno de oro; aquellos que no vivían cerca de las minas, debían entregar una arroba de algodón. Según la obra Historia del Almirante, escrita por su hijo Hernando Colón, Cristóbal Colón conquistaba siempre los territorios en nombre de los Reyes Católicos pero con la llegada del juez pesquisidor Francisco de Bobadilla en el año 1500 Colón fue arrestado y Francisco explotaría las desavenencias de los colonos contra Colón y les ofrecería indios en encomienda y tierras a cambio de su apoyo contra el Almirante. Francisco de Bobadilla se nombraría gobernador y tomaría posesión del palacio y propiedades de Colón en Santo Domingo. Posteriormente, Bobadilla sería relevado por Nicolás de Ovando. Colón estableció una orden según la cual la mitad de todo el oro que obtuvieran los colonos debía entregarse a la Corona aunque nadie obedecía esa orden hasta que Ovando bajó la cantidad a una quinta parte.

En 1508 Nicolás de Ovando escribiría a la Corona instando a instrucciones para que la conversión al cristianismo de los indios se hiciera sin someterlos a fuerza alguna, a que los indios en lugar de vivir de forma dispersa y primitiva "se congregaran en pueblos, como están las personas que viven en nuestros reinos" y que se fomentaran los matrimonios interraciales, en vistas a una más pronta civilización y cristianización.[7]​ Los repartimientos se institucionalizarán en América por una Real Provisión del 20 de diciembre de 1503.Sin embargo, a partir de 1505 Nicolás de Ovando, que era encomendero mayor de la orden de Alcántara, dejó de repartir indios y comenzó a encomendarlos. La encomienda regulaba, en teoría, las relaciones de reciprocidad entre el encomendero y el encomendado, y por eso tomó carta de naturaleza en el Nuevo Mundo.[8]

Para evitar recuperar los malos usos y los sistemas medievales abolidos en 1509, la Corona decretó que la encomienda no podía considerarse a perpetuidad y que los indios sólo podían ser encomendados por un periodo máximo de dos años.[7]

Los tributos indígenas en especie (que podían ser metales, ropa o bien alimentos como el maíz, trigo, pescado o gallinas) eran recogidos por el cacique de la comunidad indígena, quien era el encargado de llevarlo al encomendero. El encomendero estaba en contacto con la encomienda pero su lugar de residencia era la ciudad, bastión neurálgico del sistema colonial español.

La encomienda fue una institución que permitió consolidar la dominación del espacio que se conquistaba, puesto que organizaba a la población indígena como mano de obra forzada de manera tal que beneficiaran a la corona española. Se encontró una manera de recompensar a aquellos españoles que se habían distinguido por sus servicios y de asegurar el establecimiento de una población española en las tierras recién descubiertas y conquistadas.

La encomienda también sirvió como centro de culturización y de evangelización obligatoria. Los indígenas eran reagrupados por los encomenderos en pueblos llamados "Doctrinas", donde debían trabajar y recibir la enseñanza de la doctrina cristiana a cargo generalmente de religiosos pertenecientes a las Órdenes regulares. Los indígenas debían encargarse también de la manutención de los religiosos.

La encomienda de la colonización española de América y Filipinas fue establecida como un derecho otorgado por el Rey (desde 1523) en favor de un súbdito español. El español titular del derecho (encomendero) recibe la encomienda con el objeto de que este percibiese los tributos que los indígenas debían pagar a la corona (en trabajo o en especie y, posteriormente, en dinero), en consideración a su calidad de súbditos de esta. A cambio, el encomendero debía cuidar del bienestar de los indígenas en lo espiritual y en lo terrenal, asegurando su mantenimiento y su protección, así como su adoctrinamiento cristiano (evangelización). Sin embargo, se produjeron abusos por parte de los encomenderos y el sistema derivó en muchas ocasiones en formas de trabajo forzoso o no libre, al reemplazarse, en muchos casos, el pago en especie del tributo por trabajo en favor del encomendero.

El reparto de las encomiendas no fue homogéneo entre todos los españoles. En 1514 más de la mitad de los españoles no tenían ningún indio a su cargo mientras que el 11% de los que sí tenían habían recibido el 44% de estos.

La encomienda dio lugar a abusos y violencia, a una especie de esclavitud encubierta. Estos comportamientos fueron denunciados por algunos individuos, como Fray Antonio de Montesinos y Fray Bartolomé de las Casas. Fray Matías de Paz reflexionó desde el punto de vista cristiano mientras que el jurista López de Palaci y Rubios aportó un punto de vista jurídico. Bartolomé de las Casas llegaría a ser atendido por Carlos I y Felipe II.

En 1512 las denuncias de Fray Montesinos, relativas a algunos abusos de estas primeras encomiendas, provocan la inmediata promulgación de las Leyes de Burgos ese mismo año, ampliadas un año después, donde se desarrolla y define de manera explícita el sistema laboral en las encomiendas, con los siguientes derechos y garantías de los indios y las obligaciones de los encomenderos de trato justo: trabajo y retribución equitativa y que evangelizara a los encomendados. Sin embargo, a partir de la secularización del imperio español, estas obligaciones fueron omitidas transformándose la encomienda en un sistema de trabajo forzado para los pueblos originarios en favor de los encomenderos.[9]​ El 9 de diciembre de 1518, esta ley se enriquece estableciendo que solo podrán ser encomendados aquellos indios que no tengan recursos suficientes para ganarse la vida, así como que en el momento en que fuesen capaces de valerse por sí mismos, habrían de cesar en la encomienda.[7]​ Las leyes llegaban a obligar a enseñar a leer y escribir a los indios.

En 1527 surge una nueva ley que determina que la creación de cualquier nueva encomienda habrá de contar necesariamente con la aprobación de religiosos, sobre quienes recae la responsabilidad de juzgar si a un colectivo concreto de indios les podría ayudar a desarrollarse una encomienda, o si resultaría contraproducente.

En 1542 Carlos I, tras 50 años de existencia de la encomienda, considera que los indios han adquirido el suficiente desarrollo social como para que todos los indios deban ser considerados súbditos de la Corona como el resto de españoles. Por eso, se crean en 1542 las Leyes Nuevas, donde queda consignado que:[7]

Los nuevos virreyes llegaron a América con órdenes expresas de que se cumplieran estas leyes, lo contrario que había pasado con las anteriores, llegando a haber una guerra en Perú entre los encomenderos y los leales al rey en 1544 capitaneada por Gonzalo Pizarro y otra en 1553 capitaneada por Francisco Hernández Gijón. Mientras, en el Virreinato de Nueva España, el virrey Luis de Velasco y Ruiz de Alarcón liberaba a 15 000 indígenas. También suscitó una conspiración encabezada por el hijo de Hernán Cortés, Martín Cortés marqués del Valle y su hermano y cuyo desenlace fue su destierro perpetuo de Indias.

Las Leyes Nuevas no pudieron aplicarse plenamente. En Perú, fueron tomadas como excusa para una grave revuelta, capitaneada por Gonzalo Pizarro, y esto, unido a la presión de varios grupos de poder, hizo que Carlos I dejara sin vigor el artículo 30, que eliminaba el carácter hereditario de las encomiendas. Esto provocó que en algunas zonas perviviera hasta 1791. En la segunda mitad del siglo XVI el Virrey de Perú Francisco de Toledo trató la supresión del derecho de herencia de las encomiendas con Felipe II pero el tema no se resolvió.

Las denuncias frente al maltrato de los indígenas por parte de algunos encomenderos y el advenimiento de la llamada catástrofe demográfica de la población indígena, provocaron que la encomienda entrara en crisis desde finales del siglo XVI, aunque en algunos lugares, como Yucatán y Chile, llegó a sobrevivir aún hasta el siglo XVIII. La encomienda fue reemplazada por el repartimiento de indios, el peonaje, el trabajo asalariado y por la esclavitud africana.

En Chile, Ambrosio O'Higgins, mediante un edicto del 9 de febrero de 1789, suprimió las encomiendas cuando ya eran simplemente una institución en decadencia. Este edicto fue ratificado por Carlos IV en 1791, fecha en que se concretó su abolición definitiva.

La institución de la encomienda se basaba fuertemente en la adscripción tribal del individuo sujeto a ella (siendo de hecho los caciques, curacas, u otros jefes tribales quienes actuaban como intermediarios y organizadores del servicio). A los mestizos, por ejemplo, la ley los eximía de la encomienda. Esto provocó que muchos aborígenes buscaran deliberadamente diluir su identidad étnica o tribal y la de sus descendientes, intentando casarse con individuos de distinta etnia, especialmente con españoles (recién llegados, o criollos). La encomienda, de este modo, debilitó severamente la etnicidad e identificación tribal de los Amerindios, y esto a su vez disminuyó el número de potenciales encomendados. Son, en definitiva, factores como el mestizaje y la progresiva disminución de los naturales, lo que terminó por transformar el sistema de encomienda en uno de inquilinaje o latifundismo en la América Colonial.

Ribeiro, Fernando Victor Aguiar. "Práticas Jurídicas nas Fronteiras da América Hispânica: As Dinâmicas dos Poderes Locais na Construção de um Modelo de Encomienda no Paraguai em Meados do Século XVII." Tempo 26.2 (2020): 268-91.

Salinas, María Laura. "Las Encomiendas Paraguayas y Rioplatenses: Categorías y Formas Laborales según las Fuentes del Siglo XVII y XVIII." Naveg@merica 25 (2020): 1-28.

Segovia, Armando González. "Encomiedas en el Llano de Venezuela: Proceso Colonial de los Siglos XVI y XVII." Boletín Americanista 74 (2017): 139-62.



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