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Segunda vuelta



Segunda vuelta electoral o balotaje[1]​ es el término utilizado para designar la segunda ronda de votación en algunos sistemas de elección a cargos ejecutivos o legislativos. En sentido amplio, consiste en que para llegar al cargo público que corresponda es necesario obtener más de la mitad de los votos emitidos.

Esta institución nace en el siglo XIX, por primera vez en 1852 con la instauración del Segundo Imperio francés de Napoleón III. Luego se aplica nuevamente en la III República y surge con gran fuerza en la V República a través de la Constitución francesa de 1958. Es una institución electoral paradigmática del derecho electoral y constitucional francés.

En otras palabras, cuando en una elección presidencial ninguno de los candidatos supera un determinado porcentaje de los votos (por lo general mayoría absoluta), se realiza una segunda vuelta para decidir entre los candidatos que han obtenido más votos, usualmente los dos primeros.[2]​ Se trata pues de una eventual etapa del proceso de elección de una autoridad.

El vocablo «balotaje» proviene del francés ballottage[1][3]​ y este a su vez del verbo ballotter, que significa votar con bolillas.

Estos son los países que utilizan la segunda vuelta electoral:

También la aplican en ciertas circunstancias de:

Existen al menos tres tipos de segunda vuelta electoral:[4]

Cada país que utiliza sistemas electorales de segunda vuelta lo hace con las particularidades que señala su propia Constitución o la ley que regula la materia. En América hay 14 países que han adoptado el sistema, a saber: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Nicaragua, Perú, República Dominicana, Uruguay.

En estos países, el balotaje tiende a desalentar la formación de alianzas y propicia la formación de un gran número de partidos.[7]

El balotaje fue establecido transitoriamente por la dictadura gobernante en 1972, mediante el Estatuto Fundamental Temporario de 1972 y resultó vigente en las elecciones realizadas el 11 de marzo de 1973 y el 23 de septiembre del mismo año. Se aplicaba en la elección para presidente de la Nación, senadores nacionales y gobernadores provinciales, en caso de que los candidatos no hubieran alcanzado el 50% más uno de los votos válidos. En dicha ocasión se realizó segunda vuelta electoral para elegir a doce gobernadores provinciales (Córdoba, Corrientes, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Mendoza, Misiones, Neuquén, San Juan, San Luis y Santa Fe) y catorce parejas de senadores nacionales (Capital Federal, Córdoba, Corrientes, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Mendoza, Misiones, Río Negro, San Juan, San Luis, Santa Fe y Santiago del Estero).[8]

En Argentina, la Constitución de 1994 estableció la elección presidencial directa con segunda vuelta. La constitución indica que en la primera vuelta serán proclamados presidente y vicepresidente los integrantes de la fórmula que resultare más votada si esta hubiere obtenido más del cuarenta y cinco por ciento (45 %) de los votos afirmativos válidamente emitidos.

No obstante, cuando la fórmula que resultare más votada en la primera vuelta hubiere obtenido el cuarenta por ciento (40 %) por lo menos de los votos afirmativos válidamente emitidos y, además, existiere una diferencia mayor de diez puntos porcentuales (10 %) respecto del total de los votos afirmativos válidamente emitidos sobre la fórmula que le sigue en número de votos, sus integrantes también serán proclamados como presidente y vicepresidente de la Nación.

Es decir, hipotéticamente se daría el hecho de que no irían a segunda vuelta dos candidatos, uno con el 45,01 % y otro con el 35 % de los votos afirmativos válidamente emitidos (ya que el primero obtuvo más del 45 %), pero sí irían a segunda vuelta si ambos obtuvieran un 45 % (puesto que ninguno supera dicho umbral), o en caso de haber obtenido uno el 45 % y el otro el 35 % (ya que el primero alcanza el 40 % pero no supera el 45 % ni posee una diferencia mayor al 10 % con respecto al segundo candidato). A su vez, cualquier porcentual inferior a 40 % no consagrará ganadora a ninguna fórmula y la elección se dirimirá en segunda vuelta entre los dos más votados, cualquiera sea la diferencia porcentual que hubiere entre ambos (hipotéticamente, en un caso abstracto e improbable pero que clarifica, uno con 39 % y otro con 1 % ―si esta fuere la segunda fórmula más votada―). Esto se explica dado que la Constitución Argentina interpreta el 45 % como suficiente mayoría mientras que un 39 % es un resultado débil que requiere la convalidación de una segunda vuelta.

Esta particular regla de balotaje fue diseñada dentro del Pacto de Olivos, que constituyó un acuerdo entre Raúl Ricardo Alfonsín y Carlos Saúl Menem, este último, quien fuese el primer presidente electo luego de la aparición de esta ley y con menos del 50 % de los votos. Para concluir, en caso de tener que recurrir a una segunda vuelta, esta «se realizará entre las dos fórmulas de candidatos más votadas, dentro de los treinta días de celebrada la anterior».

Hay que recordar que en Argentina el balotaje de la reforma constitucional de 1994 aplica para presidente y vice solamente. En las provincias no aplica para la elección de gobernador, salvo excepciones como Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Corrientes, Chaco y Tierra del Fuego.[9]

El 22 de noviembre de 2015 se disputó el primer balotaje en Argentina. Después del intento fallido en las elecciones de 2003 entre Carlos Saúl Menem y Néstor Carlos Kirchner, resultando electo el segundo debido a que Menem no se presentó a la segunda vuelta electoral. La contienda electoral fue entre el candidato de la Alianza Cambiemos, el jefe de gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ingeniero Mauricio Macri y el candidato del Frente para la Victoria (FPV), gobernador de la provincia de Buenos Aires, el licenciado Daniel Scioli. El resultado electoral fue un 51,34% para el candidato de Cambiemos y un 48,66% para el candidato del oficialismo kirchnerista, del FPV.

En Bolivia la décimo séptima Constitución, vigente desde febrero de 2009, en su artículo 166, paragrafo I, señala que será proclamada a la Presidencia y Vicepresidencia la candidatura que haya reunido el 50% más uno de los votos válidos; o que haya obtenido un mínimo del 40% de los votos válidos con una diferencia de al menos 10% en relación a la segunda candidatura.

La Constitución de 1980, redactada durante la dictadura militar, instauró el sistema electoral de dos vueltas para las elecciones presidenciales. Previamente, conforme a la Constitución de 1925, si ningún candidato presidencial alcanzaba la mayoría absoluta de los votos en la correspondiente elección, debía ser el Congreso Pleno quien debía elegir como presidente a uno de los dos candidatos más votados, aunque por tradición este siempre votó a favor del candidato con la mayoría relativa de los votos. La utilización del Congreso Pleno para confirmar al candidato con mayor número de votos ocurrió en cuatro oportunidades durante la vigencia de la Constitución de 1925, incluyendo la elección presidencial de 1970 ganada por Salvador Allende, derrocado por un golpe de estado tres años después.

El sistema de segunda vuelta, sin embargo, solo debutó efectivamente en la tercera elección presidencial tras el retorno a la democracia. En las elecciones presidenciales de 1999, Ricardo Lagos Escobar y Joaquín Lavín alcanzaron las dos primeras mayorías con una leve ventaja de Lagos, lo que obligó al primer balotaje, en el cual triunfó Ricardo Lagos. Posteriormente, Michelle Bachelet ganó en segunda vuelta de las elecciones presidenciales de 2005, frente a Sebastián Piñera; Sebastián Piñera le ganó a Eduardo Frei Ruiz-Tagle en segunda vuelta de las elecciones presidenciales de 2009, y Michelle Bachelet venció en segunda vuelta a Evelyn Matthei en las elecciones presidenciales de 2013.

La existencia de una segunda vuelta en un sistema principalmente bipartidista (compuesto por dos grandes coaliciones, la Concertación (actual Nueva Mayoría) y la Alianza por Chile (actual Chile Vamos)) ha hecho que algunos políticos manifiesten que la primera vuelta ha de ser considerada, de cierta forma, como una alternativa a la realización de elecciones primarias dentro de los conglomerados. En 2005, ante la existencia de dos candidatos (Piñera y Lavín), la Alianza por Chile decidió no realizar primarias y llevar ambas candidaturas hasta la primera vuelta, comprometiéndose ambos candidatos en apoyar al eventual ganador durante la segunda vuelta. En 2009, las primarias organizadas por la Concertación desembocaron en que Marco Enríquez-Ominami, quien pedía participar en ellas, renunciase al Partido Socialista y compitiera como candidato independiente en primera vuelta, lo que según algunos habría condicionado el resultado final de la elección.

La Constitución de 1991 estableció la elección del presidente y vicepresidente de la República por mayoría absoluta; si ninguna fórmula la consigue, las dos votaciones más altas se enfrentarán tres semanas después en segunda vuelta electoral. Se ha presentado segunda vuelta en las elecciones de 1994 (Ernesto Samper contra Andrés Pastrana), 1998 (Andrés Pastrana contra Horacio Serpa), 2010 (Juan Manuel Santos contra Antanas Mockus), en 2014 (Juan Manuel Santos contra Óscar Iván Zuluaga) y en 2018 (Iván Duque Márquez contra Gustavo Petro).

La ventaja de más de 20 puntos porcentuales de Santos sobre Mockus en la primera vuelta de 2010, ha hecho que se presenten propuestas de modificación a la regla electoral.[10]

A partir de 2023 la ciudad de Bogotá contará con segunda vuelta electoral para la elección de su Alcalde.[11]

El presidente y los vicepresidentes se eligen simultáneamente y por una mayoría de votos superior al 40 % del total de sufragios válidamente emitidos en la primera vuelta electoral. Si ninguna de las candidaturas alcanza dicha cifra, se recurre a un balotaje entre los dos aspirantes más votados en la primera elección.

Esto ha ocurrido en el 2002, cuando Abel Pacheco de la Espriella le gana a Rolando Araya Monge; en el 2014, cuando Luis Guillermo Solís Rivera gana con más de 1,3 millones de votos a favor, contra el candidato oficialista Johnny Araya Monge (en esta vuelta histórica Solís se convierte en el presidente con más apoyo desde la fundación de la democracia costarricense, acabando con los años de bipartidismo), y en el 2018 cuando Fabricio Alvarado Muñoz es vencido por Carlos Alvarado Quesada tras no obtener el mínimo constitucional requerido en la primera vuelta.[12]

En Cuba, lo dispone en caso de que ninguno de los candidatos a la asamblea popular obtenga una mayoría absoluta en el primer escrutinio, se produce la segunda vuelta, que enfrenta a los dos candidatos que han alcanzado los dos primeros lugares en las elecciones parlamentarias.

Lo estableció la Asamblea Nacional Constituyente que funcionó entre 1997-1998. Tipo de elección: directa. El voto es obligatorio. Fórmula electoral: El presidente y los vicepresidentes se eligen simultáneamente y por una mayoría de votos superior al 50 % del total de sufragios válidamente emitidos mediante el balotaje si fuera que ninguno de los candidatos alcanzara el 50 % de los votos, se recurre a una segunda vuelta entre los dos primeros.

Desde la promulgación de la Constitución del 2008, si en la primera votación ningún binomio hubiera logrado mayoría absoluta, se realizará una segunda vuelta electoral dentro de los siguientes cuarenta y cinco días, y en ella participarán los dos binomios más votados en la primera vuelta. No será necesaria la segunda votación si el binomio que consiguió el primer lugar obtiene al menos el cuarenta por ciento de los votos válidos y una diferencia mayor de diez puntos porcentuales sobre la votación lograda por el binomio ubicado en el segundo lugar.

Algunas dependencias de los Estados Unidos, como el estado de Georgia,[13]​ y territorios a descolonizar, como Guam,[14]​ utilizan el sistema de segunda vuelta llamado en inglés run off, para definir cargos de gobierno.

En Francia, la Constitución de 1958 dispone que en caso de que ninguno de los candidatos presidenciales obtenga una mayoría absoluta en el primer escrutinio, en el decimocuarto día después de la elección, se celebrará un segundo turno de elección, en el que participan los dos candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos en el primer escrutinio. Además utilizan un sistema similar para elegir a los miembros del parlamento.

En el Perú, si ningún candidato logra superar el 50 % de los votos válidamente emitidos, se produce la segunda vuelta, que enfrenta a los dos candidatos que han alcanzado los dos primeros lugares en las elecciones presidenciales. En ambas etapas la participación es universal y obligatoria, es decir para todos los ciudadanos aptos (mayores de 18 años de edad e inscritos en el padrón electoral, siendo voto facultativo para mayores de 70 años).

También se utiliza la modalidad de segunda vuelta electoral para elegir gobernadores regionales entre los dos candidatos más votados en caso que previamente ninguno de los postulantes hubiera superado el 30 % de los votos válidamente emitidos, siempre y cuando la autoridad electoral (Jurado Nacional de Elecciones) lo juzgue pertinente, cabe destacar que esta elección no existe para Lima Metropolitana.

Tras acusaciones por supuesto fraude en las elecciones del 1994, en las cuales el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) ganó las elecciones presidenciales de ese año, los partidos políticos opositores, dirigidos por los mayoritarios Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y Partido de la Liberación Dominicana (PLD), reclamaron ante la Organización de Estados Americanos(OEA), que ejerció presión en el Gobierno para que negociara con los líderes opositores (José Francisco Peña Gómez y Juan Bosch).

El resultado de estas negociaciones, conocido como el Pacto por la Democracia, incluyó entre sus medidas (eliminar la reelección, separar por dos años las elecciones congresuales y presidenciales) el sistema de doble vuelta. En un principio, los candidatos opositores pidieron que el total de votos válidos debía ser mayor al 45 % más uno; sin embargo, finalmente quedó acordado el 50 % más uno. Este sistema se estrenó el 16 de mayo del 1996: en la primera vuelta, quedando el PRD con 45 %, el PLD con 38 % y el PRSC con 14 %; y en la segunda vuelta, resultando ganador el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) con su candidato, el abogado doctor Leonel Fernández Reyna, con el 51 % de los votos (1,47 millones de votos).

En Uruguay, a partir de la aprobación de la reforma constitucional de 1996, el calendario electoral se amplió. Si en el último domingo de octubre ningún candidato logra superar el 50 % de los votos emitidos (incluidos votos «en blanco» y anulados), se produce la segunda vuelta el último domingo de noviembre, que enfrenta a los candidatos que han alcanzado los dos primeros lugares en las elecciones presidenciales.

Esta segunda vuelta ha sido operativa en cuatro ocasiones:

El balotaje o sistema de segunda vuelta se utiliza en elecciones de mayoría y generalmente en la elección de presidentes. El objetivo es legitimar al presidente entrando asegurando que cuente con una mayoría apoyándole. En otros países en los que actualmente no se cuenta con segunda vuelta o balotaje para las elecciones presidenciales es común escuchar un debate en el que se proponga esta medida. Aunque hay otras alternativas que resultan ser mejores que la segunda vuelta como lo puede ser el Voto Alternativo o Voto Preferencial se puede implementar más fácilmente la segunda vuelta que algún otro mecanismo por la relativa sencillez del sistema. Es el método más común para elegir presidente y tiene su exponente clásico en la democracia francesa.

En Nicaragua, en diciembre de 2013, el congreso eliminó la segunda vuelta electoral: antes en Nicaragua para realizarse el balotaje se requería el 35 % de los votos, ahora queda eliminada la segunda vuelta.

En Honduras, en 2016 en el Congreso se analiza con los partidos representados, la discusión para aprobar una segunda vuelta electoral con el 51 % de los votos válidos para el presidente y tres vicepresidentes.



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