José María Castro Madriz (San José, 1 de septiembre de 1818 - 4 de abril de 1892), conocido como el Fundador de la República, fue el 1.° y 5.° presidente de la República de Costa Rica, gobernando en dos oportunidades (1847-1849 y 1866-1868).
De pensamiento Liberal, era un profundo creyente en las virtudes de la ilustración y en la libertad de prensa. Sobre su gobierno, dijo: «Mi administración no procede de luchas ni se inaugura sobre las ruinas de ningún partido. Su bandera es la nación y su objeto el bienestar de toda Costa Rica».
Fue hijo único de Ramón Castro y Ramírez y Lorenza Madriz y Cervantes, hermana del presbítero y doctor Juan de los Santos Madriz y Cervantes.
Contrajo nupcias en San José el 29 de junio de 1843 con Pacífica Fernández Oreamuno, hija del jefe de Estado Manuel Fernández Chacón y María Dolores Oreamuno y Muñoz de la Trinidad, y hermana de Próspero Fernández Oreamuno, presidente de la República de 1882 a 1885.
Cursó estudios elementales en San José con Rafael Ramírez Hidalgo y después estudió con el médico y abogado nicaragüense don Rosalío Cortés y el médico guatemalteco Nazario Toledo. Posteriormente fue enviado a estudiar a la Universidad de León, Nicaragua, donde se graduó de bachiller en Filosofía (23 de diciembre de 1838) y de doctor en Leyes (1° de noviembre de 1841) y en Filosofía (22 de mayo de 1842).
Fue auditor de guerra durante el gobierno de Francisco Morazán Quesada (1842).
En 1842, durante la primera administración de José María Alfaro Zamora, fue enviado como comisionado diplomático a Nicaragua, y a su regreso se le nombró como ministro general del Estado, cargo que ejerció de 1842 a 1844. El 11 de abril de 1844 fue nombrado como ministro de Gobernación y Relaciones Interiores y Exteriores, cargo que desempeñó hasta julio de ese año. De 1844 a 1846 fue diputado por Desamparados y en 1845 fue elegido como presidente de la Cámara de Representantes y del Poder Legislativo.
Fue ministro de Gobernación y Relaciones Interiores y Exteriores y vicejefe de Estado (1846-1847) y vicepresidente del Estado (1847) bajo el segundo mandato de Alfaro.
En las elecciones de abril de 1847 fue elegido presidente del Estado de Costa Rica para el período 1847-1853. Pocos meses después el Congreso le concedió el grado de General y el 2 de octubre de 1847 lo declaró Benemérito de la Patria. En agosto de 1848 la denominación de su cargo cambió a presidente de la República.
El 31 de agosto de 1848 declaró a Costa Rica como una nación soberana, libre e independiente de cualquier otro estado y la nombró definitivamente República de Costa Rica.
El 28 de septiembre de 1848 se decretaron la bandera y el escudo de la República. Dispuso que el 15 de septiembre fuera feriado para conmemorar la independencia de la nueva Nación.
Durante esta administración se establecieron relaciones diplomáticas, se firmaron tratados con varios países europeos y se planteó al gobierno de la Gran Bretaña la posibilidad de establecer un Protectorado sobre Costa Rica. Se promovió la educación pública. También se efectuó una importante modificación a la Constitución de 1847, que dio como resultado la promulgación de una nueva, la llamada Constitución reformada de 1848, que reforzó los poderes del Presidente. Sin embargo el país tuvo que enfrentar una difícil situación económica, como consecuencia de la baja internacional del precio del café, y una considerable agitación política, que se materializó en numerosos intentos por derrocar al gobierno.
El 15 de noviembre de 1849, ante la amenaza de un golpe militar dirigido por el general José Manuel Quirós y Blanco, José María Castro entregó el poder a Miguel Mora Porras y al día siguiente firmó su renuncia. El Congreso la aceptó y le otorgó el título de Fundador de la República.
Después de dejar la presidencia, Castro permaneció en San José dedicado a la administración de sus bienes, pero el gobierno de Juan Rafael Mora Porras lo miró siempre con hondo recelo y en más de oportunidad lo hizo objeto de medidas de confinamiento. Efectuó también un viaje a Francia y fue condecorado con la Orden de la Legión de Honor el 8 de octubre de 1850. En enero de 1852, sin juicio de ninguna clase, fue conminado a abandonar San José y dirigirse a Puntarenas, y el 6 de febrero siguiente se le expulsó del país, y se estableció en Guatemala. Tiempo después se le permitió regresar a Costa Rica, pero en 1856 fue nuevamente expulsado del país y hubo de radicarse otra vez en Guatemala. Algunos meses más tarde pudo regresar y se dedicó a la agricultura, sin participar en política.
A la caída de Mora Porras desempeñó brevemente el cargo de ministro de Relaciones Exteriores en la administración provisional de José María Montealegre Fernández, del 14 al 17 de agosto de 1859, y fue elegido presidente de la Asamblea Constituyente que se inauguró el 16 de octubre y emitió la Constitución de 1859. En esa asamblea propuso la abolición de la pena de muerte, así como prohibir a los generales ser presidentes de la República, iniciativas que no tuvieron eco.
De conformidad con la Constitución de 1859, la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica se componía de un regente, cinco magistrados y un fiscal, elegidos por el Congreso para períodos de cuatro años. Todos los demás abogados del país serían conjueces natos de la Corte y habría además seis conjueces que tuviesen conocimientos en Derecho.
El 24 de abril de 1860 el Congreso designó a los integrantes de la Corte para el período 1860-1864 y dispuso que se juramentaran el 29 de abril de ese año. Los elegidos fueron:
Regente: José María Castro Madriz; Magistrados: Ramón Carranza Ramírez, Manuel Alvarado y Barroeta, Antonio Álvarez Hurtado; Joaquín Alfaro (renuncia aceptada el 6 de agosto de 1861), sustituido por Ramón Loría Vega (nombrado el 6 de agosto de 1861), y José María Ugalde; Fiscal: Vicente Herrera Zeledón (renuncia aceptada el 30 de abril de 1860), José Concepción Pinto Castro (elegido el 30 de abril de 1860, juramentado el 1° de mayo); Conjueces legos: Juan Manuel Carazo (admitida su renuncia el 1° de diciembre de 1863), Rafael Araya; Carlos Sancho y Alvarado, sustituido el 17 de julio de 1863 por Apolinar de Jesús Soto; Joaquín Bernardo Calvo Rosales (admitida su renuncia el 1° de diciembre de 1863), Juan Francisco Bonilla y Alejo Jiménez.
El 1° de mayo de 1864 el Congreso designó a los integrantes de la Corte para el período 1864-1868 y dispuso que se juramentaran al día siguiente. Los elegidos fueron:
Regente: José María Castro Madriz; Magistrados: Manuel Alvarado y Barroeta, Ramón Loría Vega, José Concepción Pinto Castro, Manuel Argüello Mora, José Gregorio Trejos Gutiérrez; Fiscal: Eusebio Figueroa Oreamuno; Conjueces legos: Joaquín Alvarado, Rafael Araya, Manuel Mora Fernández, Juan Francisco Bonilla (renuncia admitida el 28 de junio de 1864) y Alejo Jiménez.
En 1865, durante este segundo período como regente de la Corte, le correspondió efectuar una visita a Bogotá como Ministro Plenipotenciario de Costa Rica y firmar con el gobierno colombiano el tratado Castro-Valenzuela, relativo a los límites entre Costa Rica y ese país.
José María Castro Madriz cesó en las funciones de regente de la Corte el 8 de mayo de 1866, por haber sido elegido presidente de la República, y el Congreso designó para sucederle en la Regencia al magistrado Manuel Alvarado y Barroeta.
Elegido presidente de la República en abril de 1866 para el período 1866-1869, impulsó la instrucción pública; decretó la apertura de la bahía de Limón al comercio exterior; contrató el establecimiento de la primera línea telegráfica entre Cartago y Puntarenas. Ordenó la construcción del Palacio Presidencial. Fue derrocado el 1 de noviembre de 1868 por un golpe militar que llevó a la presidencia a Jesús Jiménez Zamora.
Mediante un decreto ley de 18 de octubre de 1870, el presidente Tomás Guardia Gutiérrez, dispuso que la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica se compondría de un regente, siete magistrados y un fiscal, libremente nombrados y removidos por el Gobierno. Todos los demás abogados residentes en la capital o sus vecindades serían conjueces natos de la Corte y habría además seis Conjueces que tuviesen conocimientos en Derecho. Ese mismo día, otro decreto ley designó a los nuevos integrantes del alto tribunal:
Regente: José María Castro Madriz; Magistrados: José Antonio Pinto Castro, Ramón Loría Vega, Vicente Sáenz Llorente, José Ana Herrera y Zeledón, José Rodríguez Zeledón, José María Ugalde y Alejandro Alvarado García; Fiscal: Camilo Esquivel Sáenz; Conjueces legos: Rafael Ramírez Hidalgo, Juan Rafael Mata Lafuente, Félix Mata Lafuente, Alejo Jiménez, José Antonio Chamorro y Eustaquio Pérez.
La Constitución de 1871 dispuso que la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica se compondría de un presidente, siete magistrados y un fiscal, elegidos por el Congreso para un período de cuatro años. Todos los demás abogados residentes en la capital o sus vecindades que lelnasen los requisitos para ser magistrados serían conjueces natos de la Corte y habría además seis Conjueces que tuviesen conocimientos en Derecho.
El 7 de mayo de 1872 el Congreso Constitucional designó a los magistrados para el período 1872-1876 y eligió como presidente de la Corte a Castro. La nueva Corte entró en funciones el 8 de mayo de 1872 y sus miembros fueron:
Presidente: José María Castro Madriz; Magistrados: Vicente Sáenz Llorente, José Ana Herrera y Zeledón, José Rodríguez Zeledón, José María Ugalde, Alejandro Alvarado García; Juan José Ulloa Solares (renuncia admitida el 8 de mayo de 1873), sustituido por Camilo Esquivel Sáenz (a partir del 12 de mayo de 1873), Salvador Jiménez Blanco; Fiscal: Antonio Álvarez Hurtado; Conjueces legos: Alejo Jiménez, Francisco Gallardo, Salvador Borbón, Adriano María Bonilla, Canuto Guerra y Eustaquio Pérez.
José María Castro Madriz cesó provisionalmente en sus funciones como presidente de la Corte a partir del 25 de noviembre de 1873, fecha en que fue nombrado secretario de Relaciones Exteriores y carteras anexas, aunque solamente estuvo unos días en el cargo, ante una treta política de Guardia para neutralizarle. Aunque Castro Madriz pretendió regresar a su cargo como Presidente de la Corte, como era su derecho, Guardia lo desconoció y no se lo permitió, aplicando una renuncia forzosa el 1° de diciembre de 1873.
El Dr. Castro fue considerado uno de los principales opositores del gobierno de Tomás Guardia, quien utilizó medidas cada vez más autoritarias y represivas durante su Administración. Ante las sucesivas crisis, el Presidente Guardia ofreció varias veces al Dr. Castro formar parte de su gobierno, lo que este rechazó. Por esa y otras razones, el Presidente ordenó el arresto y confinación de Castro Madriz en los calabozos del Cuartel de la Artillería, donde fue sometido a tratos vejatorios y humillantes, a la tortura y a ser expuesto públicamente en las afueras del cuartel, semidesnudo y encadenado como el peor criminal. A pesar de ese trato, Castro Madriz no accedió a las pretensiones de Guardia.
En 1877, al asumir nuevamente el poder como dictador, Guardia nuevamente ofreció a Castro formar parte del Gobierno. Castro puso una serie de condiciones para incorporarse como Ministro de Relaciones Exteriores y carteras anexas, que se incluyeron en la llamada Ley de Garantías, entre ellas la supresión de la pena de muerte, de la tortura y de las penas difamantes o que atentaran contra la dignidad de los ciudadanos, la formación de un Consejo de Estado con atribuciones cercanas a lo legislativo, la convocatoria de una Asamblea Constitutente y otras medidas que pretendian mejorar la situación política del país, reducir el autoritarismo y garantizar los derechos fundamentales.Aceptadas estas condiciones por Guardia, Castro fue Secretario de Relaciones Exteriores y carteras anexas, por quinta vez, desde 1877 hasta 1883. Durante ese periodo, hubo un notable avance en el mejoramiento de la Enseñanza Secundaria y en el crecimiento del número de mujeres que asisten a la escuela primaria, entre otras medidas. El sucesor de Guardia, el Gral. Próspero Fernández Oreamuno, confirma a su cuñado Castro Madriz en las mismas carteras, en las que permaneció hasta mediados del año siguiente, cuando se le obligó renuncia para ser nombrado como ministro plenipotenciario en varios países eueropeos. Tras un breve periodo, ese mismo año Castro Madriz reasume como Secretario de Relaciones Exteriores y carteras anexas, permaneciendo hasta el final de la Presidencia del Gral. Próspero Fernández, quien muere el 12 de marzo de 1885, mes en que también muere la esposa de Castro Madriz, Doña Pacífica Fernández Oreamuno, el 31 de marzo. Continúa unos meses más durante el Gobierno de Bernardo Soto Alfaro y finalmente renuncia ese año.
A partir de entonces se dedica a una intensa vida diplomática como Ministro Plenipotenciario y Extraordinario de Costa Rica en varias naciones europeas y en los demás países centroamericanos, y se convierte en una figura clave para aliviar tensiones entre los países del área. Hasta su muerte se mantuvo activo en la política, la cultura y en su oficio diplomático.
Castro fue destacado miembro de la masonería y uno de los primeros masones costarricenses, se iniciaría en Colombia en 1864 y participaría en Costa Rica de la primera logia masónica, la Logia Caridad.
Como ministro general del primer gobierno de José María Alfaro Zamora, fue el principal promotor de la fundación, en 1843 de la Universidad de Santo Tomás, de la cual fue el primer catedrático de Jurisprudencia desde su inauguración en 1844; posteriormente, fue su rector (1860-1866, 1872-1875 y 1877-1883) y miembro de su Dirección de Estudios en varias oportuinidades.
Aunque no publicó ningún libro, Castro escribía con soltura y elegancia, y se hizo notar por su oratoria. Fue el segundo costarricense que fue nombrado académico correspondiente de la Real Academia Española, el 16 de noviembre de 1882, después de Manuel María de Peralta y Alfaro.
Presidente del Estado Libre de Costa Rica
1 - 8 de mayo de 1847
Obligado a Renunciar
16 - 26 de noviembre de 1849
1863 - 1866
Derrocado
1868 - 1870
Derrocado
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